Lunes 16 de noviembre de 2015
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Interés general
Dieron las fechas para justificar la no emisión del voto
Desde la Junta Electoral Nacional distrito Entre Ríos informan que la no emisión del voto en las generales podrá justificarse hasta el 25 de diciembre. En caso de no sufragar el domingo, la justificación podrá hacerse hasta el 22 de enero.
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Se encuentra habilitado el Registro de Infractores al deber de votar.
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e la redacción de INFORME DIGITAL Desde la Junta Electoral Nacional distrito Entre Ríos informaron las fechas límites para realizar la justificación por no haber votado. En caso de no cumplir con el trámite y superados los plazos para hacerlo, se deberá abonar una multa. En el caso de las elecciones generales del 25 de octubre, el prosecretario general de la Junta, Humberto Rochi, indicó que el tiempo para hacer el trámite será hasta el 25 de diciembre. En cuanto a los comicios del próximo domingo 22, donde se elegirá el futuro presidente, el plazo para justificar no haber sufragado se extenderá hasta el 22 de enero. Para la justificación de la no emisión del voto, el ciudadano debe presentar la constancia correspondiente en la sede de la Secretaría Electoral, en calle Urquiza 840 de Paraná. ¿Cuál es el monto de la multa? Según se informa en el sitio de la Justicia Nacional Electoral, el monto de la multa para quienes no votaron el 25 de octubre es de $50. Si el elector infractor no vota en el balotaje del domingo el monto de la multa asciende -en este caso- a $100. Por lo tanto, aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios, deberán pagar una multa de $150. En el sitio web de la Justicia Nacional Electoral se encuentra habilitada la consulta al Registro de Infractores al deber de votar, para que cada elector pueda verificar si se encuentra asentado como infractor.
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