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esde el sábado queda prohibida la realización de “todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio”. Así lo establece la ley electoral, que indica que 15 días antes de las elecciones la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo”, según se estableció. Según dispone el artículo 93º de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Social (Ley 26.571) se inicia la prohibición de la publicidad de actos de gobierno. En dicho artículo se indica que “durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”. También dispone que “queda prohibido durante los 15 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general (es decir el sábado 10 de octubre), la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.