E
l Senado entrerriano sesionó este miércoles y sancionó el paquete de medidas impositivas que benefician al sector rural, acordadas entre el gobernador Sergio Urribarri y la dirigencia rural luego de los incidentes en el tractorazo del 3 de septiembre. Fundamentó la iniciativa el presidente del megabloque oficialista Enrique Cresto, quien explicó que el proyecto no se hizo "solamente después de la reunión con el gobernador y los sectores rurales", sino que también se analizó "la coyuntura del sector". Respecto a la citricultura, Cresto indicó que "a este sector importante de la economía, se lo acompañará con $ 40 millones del Banco Nación para la financiación de proyectos de inversiones para el capital del trabajo y para refinanciaciones" y también "con subsidios en la tasa de interés y facilidades de pago para el impuesto inmobiliario rural y subrural". En cuanto a los préstamos del Bersa, explicó que "son 1.000 por hectárea, hasta 1.000 hectáreas, es decir un millón por productor de soja, maíz, sorgo, trigo. Con una tasa del 21,25, más el 4% y se le resta el 5%, después se le resta nuevamente el 5% y quedaría en un 15%", aclaró. Para los productores de 1.000 hasta 5.000 hectáreas, "el crédito es de $ 1,5 millón". La "devolución es de 270 días contra cosecha", para todos. "El proyecto de ley consta de tres artículos, uno de forma", contó. "El primero lleva a seis millones de pesos el costo de facturación anual estableciendo el artículo 10 y también eleva para el año 2016 ese mínimo a $ 8 millones", indicó Cresto, según consigna Apf. "El artículo 2 sustituye el artículo 5 de la ley impositiva N° 9.622 y modificatorias dentro del concepto primarias del rubro servicios relacionados con las actividades primarias". Que incluye "Servicios de siembra, de pulverizaciones, de fumigación, de cosecha granos y forrajes, servicios de maquinaria agrícola, dos por ciento. Otros servicios relacionados con la actividad primaria, 3%". El Artículo 3 incorpora "al título comercio por mayor, los centros comerciales y servicios del artículo 2 de la ley 9.622 los siguientes cuadros: servicios de materia prima, cereales, abonos de materias primas y alimentos para animales. Venta de comisión y consignación de semillas y cereales el tres por ciento", dijo el senador.