Domingo 13 de septiembre de 2015
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Política
Tratarán el proyecto que protege los activos de la Anses en empresas privadas
El proyecto declara de interés público la protección de las participaciones accionarias en empresas privadas del Estado. Será debatido este miércoles por la Cámara de Senadores. El FpV pretender aprobar la incitativa y girarla a Diputados.
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(Imagen de archivo).

E

l proyecto de ley que protege las acciones del Estado en empresas privadas, para lo cual crea la Agencia Nacional de Participaciones Estatales en Empresas (ANPEE), será debatido este miércoles por la Cámara de Senadores, según se informó oficialmente. El Frente para la Victoria pretende aprobar la iniciativa, que impulsó el poder Ejecutivo nacional, y girarla inmediatamente a Diputados para que sea convertida en ley antes de las elecciones generales de octubre. La oposición, en tanto, mantendrá reuniones al inicio de la semana para definir si le da su apoyo al proyecto. Los bloques de la oposición mantienen sus dudas en torno de la necesidad de una mayoría especial del Congreso para poner en venta las acciones que forman parte del Fondo de Garantías de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). El proyecto que fue defendido en el Senado por el ministro de Economía, Axel Kicillof, y por el titular de ANSES, Diego Bossio, declara de interés público la protección de las participaciones sociales del Estado Nacional que integran la cartera de inversiones del FGS del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA) y de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario o donde el Ministerio de Economía posea tenencias accionarias o de capital. La iniciativa prohíbe su “transferencia o cualquier acción que limite, altere, suprima o modifique su destino, titularidad dominio o naturaleza sin previa autorización del Congreso” por “los votos de los 2/3 de sus miembros”. Esa es la exigencia cuestionada por la oposición que argumenta que el proyecto de ley puede ser derogado por mayoría simple, pese a demandar un número especial para vender las acciones estatales. Según los fundamentos del proyecto la finalidad es “preservar” la sustentabilidad del Fondo y “promover el rol activo del Estado en la coordinación de la gestión de los directores que representan al Estadio Nacional o al FGS del SIPA para que la realización del interés societario se lleve a cabo resguardando el interés público comprometido en las participaciones societarias”. También se crea la Agencia Nacional de Participaciones Estatales en Empresas, como continuadora de la Dirección Nacional de Empresas con Participación del Estado de la Secretaría de Política Económica del Ministerio de Planificación, que tendrá a su cargo entender en la ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de las empresas comprendidas en el proyecto, consignó Télam. La ANPEE tendrá a su cargo ejercer los “derechos políticos” inherentes a las acciones que integran la cartera de inversiones del FGS e instruir a los representantes del Estado en tales sociedades o empresas. En ese sentido, se busca “contribuir a la coordinación estratégica de la política económica del Estado Nacional, orientada a la administración unificada e integral de las empresas en que participa en forma minoritaria” a través del FGS o del Ministerio de Economía. La agencia se integrará con un Directorio y un Consejo Consultivo, previendo la conformación en el Congreso de una Comisión Bicameral Permanente de Participación Estatal en Empresas conformada por ocho miembros de Diputados y ocho del Senado. El Directorio estará conformado por un presidente, ejercido por el director ejecutivo de ANSES, dos directores designados por el PEN (uno será el ministro de Economía y el otro el ministro de Industria), dos directores propuestos por la Comisión Bicameral: uno por la mayoría o primera minoría y otro por la primera minoría o segunda minoría. El Directorio se conformará a los 30 días de promulgada la Ley por el Poder Ejecutivo. Los directores durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos por otro período. Asimismo, sólo podrán ser removidos de su cargo por mayoría simple, si la causa de la remoción es una situación de ilegalidad vinculada con una infracción a la Ley de Ética Pública. Pero, si se comprobara un mal desempeño de sus funciones, podrá ser echado de su puesto por decisión de las 2/3 partes de los miembros de la Bicameral. Entre otras facultades, los directores podrán impartir instrucciones a los administradores designados por el Estado a fin de que “la administración de los negocios sociales resguarde el interés público comprometido en la actuación de la Sociedad”.
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