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os electores que no hayan votado en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del pasado 9 de agosto serán considerados infractores al deber de votar si no justifican la situación, pero no se les prohibirá participar en las elecciones nacionales del 25 de octubre. "Si no votaste en las PASO y no justificás, serás infractor al deber de votar pero no se te impedirá votar en nacionales", según informó la Dirección Nacional Electoral (Dine) a través de las redes sociales Twitter y Facebook, luego de que en las primarias del domingo se registrara el mayor nivel de ausentismo en 32 años de democracia. Los ciudadanos que no votaron en las PASO -en las que concurrieron a las urnas el 73,96 por ciento del total habilitado-- deberán justificar esa situación dentro de los 60 días, según el procedimiento de cada juzgado electoral en todo el país. Para ello, se debe ingresar en la web infractores.padrón.gov.ar, en la que se puede justificar la no emisión del voto en las PASO.