Lunes 15 de junio de 2015
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Política
Ratifican que no podrá usarse el sello del Frente Renovador en Entre Ríos
La Justicia Federal Electoral confirmó el fallo del juez federal Leandro Ríos, que impide que el nombre Frente Renovador sea usado en la provincia de Entre Ríos. Busti apeló aquella primera decisión, pero deberá mantener el sello del FEF.
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La Justicia denegó nuevamente a Busti el pedido de llamarse Frente Renovador.
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L

a medida afecta a las dos expresiones locales del espacio que lidera el ex intendente de Tigre, encarnadas en las figuras del ex gobernador Jorge Busti y el intendente de Villaguay, Adrián Fuertes. De ellos, Fuertes asumió el fallo de primera instancia y nominó "Unión Popular" a su reagrupamiento. Busti, en cambio, apeló la decisión del juez Ríos e insistió en el nombre, pero este nuevo fallo ratifica la negativa judicial a su pretensión. El caso se generó por una presentación del ex gobernador, que pretendía cambiar el nombre de su partido, el Frente Entrerriano Federal (FEF) por el nombre del partido de Massa, "Frente Renovador". En la resolución de la Cámara Federal Electoral se dispone no hacer lugar al cambio de nombre que solicitó oportunamente el Frente Entrerriano Federal (FEF) y, a la vez, “notificar al Frente Renovador que deberá abstenerse de adherir con dicho nombre, debiendo proceder a su modificación”. "Provoca confusión" Para la Cámara, “la pretensión del FEF de llamarse Frente Renovador Unión por Entre Ríos provoca confusión y torna insusceptible su identificación respecto de otras agrupaciones políticas, considerando no sólo elementos auditivos y fonéticos, sino también una verdadera analogía e identidad de nombres con los de partidos y alianzas preexistentes”. Además, el fallo destaca que los apoderados del FEF en ningún momento aportaron algún documento o acta de adhesión en el que conste el consentimiento de Sergio Massa para que el exgobernador utilice y sea la referencia de ese espacio en Entre Ríos. En consecuencia, el Frente Renovador como nombre no existirá en las elecciones en el ámbito de Entre Ríos. Entre los argumentos esgrimidos por la Justicia, se advierte que “el núcleo central de la denominación ‘Renovador’ se presta a confusión” y se citan casos como los del Partido Renovador de Salta, el Partido Renovador de la Provincia de Buenos Aires, el Frente Renovador de Tierra del Fuego y el Partido Cruzada Renovadora de San Juan, entre otros. En el fallo se indica que “el Frente Entrerriano Federal para el Trabajo, la Producción y la Justicia Social tomó la decisión de cambiar su nombre, adoptando en primer término el de Frente Renovador, agrupación política preexistente en otros distritos del país. Adopta también otro nombre, Unión por Entre Ríos, adosándolo al primero”, publica Apf. Se trata en este caso del nombre de la alianza que el FEF, el partido PRO-Propuesta Republicana y Unión por la Libertad integraron en las elecciones de 2013. De este modo los partidos habilitados para competir en Entre Ríos son 13: -Partido Justicialista -Unión Cívica Radical -Unión Popular -Partido Frente Grande -Partido Socialista -PRO-Propuesta Republicana -Nueva Izquierda -GEN -Partido FE -Movimiento por Todos -Movimiento Social Entrerriano -Unión por la Libertad -Frente Entrerriano Federal para el Trabajo, la Producción y la Justicia Social.
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