Viernes 29 de mayo de 2015
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Interés general
ATER prorrogó vencimientos impositivos por los paros bancarios
Por los paros bancarios ATER pospuso vencimientos impositivos al 1º de junio. Los contribuyentes podrán abonar sus cargas, sin multas e intereses.
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ATER prorrogó vencimientos impositivos por los paros bancarios.

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a Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), emitió la Resolución Nº 167/2015 mediante la cual se dispuso establecer el 1º de junio como fecha de vencimiento de las obligaciones tributarias cuyos vencimientos originalmente operaban los días 22, 26 y 27 de mayo. Con esta medida los contribuyentes podrán abonar sus cargas, sin multas e intereses. En la resolución la ATER fijó un nuevo día para los vencimientos en virtud de la necesidad de otorgar posibilidades a los contribuyentes para estar al día con sus tributos; además con la nueva fecha no se cargan accesorios por lo tanto abonarán los impuestos con sus montos originales. El nuevo vencimiento del 1 de junio comprende los siguientes impuestos: Impuesto de Sellos: (agentes de retención y/o percepción, correspondientes a la primera quincena del mes de mayo (obligación Nº 9) – escribanos públicos – entidades financieras – proveedores de servicios continuos – concesionarios de automotores, etc. Impuesto Inmobiliario: comprende el pronto pago del segundo anticipo del urbano (partidas terminadas en dígito 9). Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Profesiones Liberales – Ley 4035 – Extracción de Minerales: período 4 de 2015, cuyos números de CUIT terminen en 8 y 9. Asimismo se incluye el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (Período 5 de 2015 – CUIT terminadas en 8 y 9).
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