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a Cámara Federal de Apelaciones de Paraná rechazó recursos de la defensa y confirmó el procesamiento y prisión preventiva de Atilio Ricardo Céparo, expolicía, suegro del vocal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos Emilio Castrillón y ex chofer del STJ. Céparo está acusado de Privación ilegítima de la libertad, Apremios ilegales a detenidos e Imposición de torturas durante la última dictadura cívico-militar. El tribunal integrado por Mateo José Busaniche (presidente); Daniel Edgardo Alonso y Cintia Graciela Gómez, emitió el 15 de abril el fallo, que fue publicado por el Centro de Información Judicial. Ahora continuará detenido en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná a la espera del juicio. En la audiencia de apelación realizada oportunamente, el fiscal Mario Silva sostuvo que la víctima identificó al imputado en el momento de su detención, cuando fue torturada y privada ilegítimamente de su libertad y en el centro de diálisis donde, muchos años después, lo vio y lo reconoció. El fiscal remarcó que el imputado prestaba servicio en despacho en la Jefatura de calle Córdoba de Paraná al momento de los hechos y que la denunciante y los testigos coinciden en su apariencia, la que se corrobora con la fotografía de su legajo. Según la imputación contra Céparo, el 23 de septiembre de 1976 en horas de la mañana, en compañía de otra persona cuya identidad aún no se ha podido establecer, secuestró a una mujer, la mantuvo detenida en las instalaciones del sanatorio La Entrerriana de Paraná, el cual era su lugar de trabajo, para inmediatamente trasladarla hasta la Jefatura Departamental de Policía de Entre Ríos, y posteriormente a la Comisaría del barrio San Agustín. Allí se la mantuvo privada ilegítimamente de su libertad por el lapso de seis días aproximadamente, término en el cual también la trasladó hasta la Jefatura Departamental. En este lugar Céparo y otros la sometió a torturas. La Cámara rechazó los planteos de la defensora Nora Lanfranqui y consideró que “los elementos probatorios reunidos en las actuaciones permiten tener por acreditado –con el grado de probabilidad que exige la instancia– la ocurrencia del hecho y la participación que se le endilga al imputado Céparo”. Los jueces también entendieron que el acusado, en caso de recuperar su libertad, “podría intentar eludir el accionar de la justicia o entorpecer la investigación, existiendo, en consecuencia, riesgo procesal”. Por ello rechazaron el recurso interpuesto y mantuvieron la resolución apeladao en cuanto decreta la prisión preventiva de Atilio Ricardo Céparo.