U
n proyecto de Ley que fue presentado en la cámara de Diputados de Entre Ríos por el diputado provincial, Antonio Julián Rubio (UCR-Gualeguay), propicia la actualización de los montos a cargo de las obras sociales y del Estado, para equiparar los productos que son de consumo de los pacientes celíacos. El legislador, autor de la iniciativa con el acompañamiento de sus pares de bancada, Agustín Federik, Felicitas Rodríguez, Fuad Sosa y Pedro Ullúa, explicó que en contacto con las autoridades de la Asociación de Celíacos de Entre Ríos (ACER), "se evaluó la imperiosa necesidad de actualizar los montos que cubren las diferencias entre los alimentos especiales que les son necesarios, donde el IOSPER y pre pagas se hacen cargo de esos montos, mientras quienes no son afiliados a ninguna obra social, están cubiertos por el ministerio de Desarrollo Social", apuntó el diputado Rubio. "Es un monto que no esta actualizado desde 2011, que era de 400 pesos y que a partir de los índices inflacionarios, debería estar establecido en alrededor de 800 pesos, de allí que este proyecto apunta a actualizar ese monto y a que se establezca un sistema de actualización automática", detalló Rubio, en delcaraciones enviada a INFORME DIGITAL. Proyecto El proyecto apunta a la modificación del artículo 3 de la conocida como Ley de Celiaquía, por el que se establce la cobertura con periodicidad mensual, de la dieta que fuera indicada por el profesional tratante . En ese sentido el texto, de ser aprobado, llevaría a 800 pesos a la diferencia del costo de aquellos alimentos aptos para el consumo del paciente celíaco, libres de gluten o sin TACC, respecto de aquellos de su misma especie y calidad que poseen gluten y conforme a los precios promedios de mercado; que fueran indicados en la dieta prescripta por profesional Licenciado en Nutrición interviniente, siempre que dichos alimentos se encuentren dentro de los enumerados taxativamente que deberá aportar el Estado Provincia. También el proyecto de ley establece que la autoridad de aplicación deberá, actualizar el aporte que realiza el Estado Provincial, al mes de mayo de cada año, con los índices correspondientes a la variación de los costos de mercado de los alimentos imprescindible para el tratamiento de la enfermedad Celiaca. Rubio indicó que determinar las actualizaciones en mayo, es coincidente en que, en ese mes es considerado el mes del Celíaco. Tras recordar que la Ley Provincial 9938 /09 y su Decreto reglamentario 3631/11, denominada Ley de Celiaquía, establece cobertura integral a las personas con Enfermedad Celíaca para el diagnóstico y su tratamiento consistente en una dieta estricta y permanente Libre de Gluten, RUbio dijo que son 35 los productos industrializados correspondientes a una alimentación variada y regida por patrones culturales comprendida en el derecho a la soberanía alimentaria. Nuestra Constitución Provincial establece claramente los derechos a la Salud y a la Alimentación y según estimaciones, el 1% de la población argentina presenta Enfermedad Celiaca, muchos de los cuales aún carecen de diagnóstico, y el 10% de la población presenta sensibilidad al gluten, para ambos casos el tratamiento es DLG (Dieta libre de Gluten). El diputado Rubio apuntó luego que "no llevar un tratamiento estricto y permanente se corren riesgos de presentar enfermedades auto-inmunes asociadas y que es necesario para ello contar con accesibilidad a los alimentos mencionados en disponibilidad y costos, en variedad y equilibrio nutricional y con la correspondiente distribución geográfica provincial, esto último condiciona a gran cantidad de personas que se ven perjudicadas al momento de la adquisición de los mismos pagando adicionales por transporte". Luego de otras consideraciones, el diputado radical también expresó en los fundamentos que el costo de los alimentos no tienen regulación y no se cuenta con índices de precios máximos y que los mismos deben ser chequeados por parte del consumidor bimestralmente de acuerdo a Listado de ANMAT para corroborar su certificación en vigencia, no contando muchas veces con alternativas de marcas y comparativas de costos sobre un mismo rubro. "Es indispensable que se adecúen anualmente las partidas que el Estado otorga a través de las Obras Sociales y a través de Sidecreer según base inflacionaria para garantizar el espíritu de la Ley que apunta a una prevención y atención sobre la salud y no sobre la enfermedad y que la base de cálculo de los alimentos celíacos por la cual el Estado realiza la cobertura para el tratamiento es del año 2011", se indicó.