E
n Concepción del Uruguay circuló una copia del supuesto contrato que habrían querido imponerle al intendente Carlos Schepens según el cual los recicladores se hacían cargo por cuatro años de la recolección de la basura en domicilio y que la Comuna, a su vez, debía entregar “en comodato” los vehículos necesarios. Bajo el nombre de “Contrato de Servicio Público de recolección de residuos sólidos urbanos secos del municipio de Concepción del Uruguay”, el portal Babel Digital difundió el supuesto contrato que habrían buscado que firmara Schepens los recicladores que llegaron desde Capital Federal el pasado lunes 27 de octubre. A modo de protesta ocuparon y tomaron la planta baja de la municipalidad acompañados por unos diez trabajadores uruguayenses, aproximadamente. Con unos seis artículos, además de los incisos, la obligación contractual apuntaba a estipular que la municipalidad cedía la recolección en domicilio de los residuos sólidos urbanos, el traslado a un centro de reciclado y la posterior comercialización. “La contratista (recicladores) prestará a la Comitente (municipalidad) los siguientes servicios... A) Recolección de los residuos sólidos urbanos secos, en adelante RSUS, en la zona urbana y del basural. B) Traslado de los RSUS a un Centro Verde o establecimiento a designar por el Contratista (recicladores)... C) Separación de los RSUS en el Centro verde”, dice, textual, el artículo 1, inciso 1. Por otro lado, en su punto 1.4, se estipulaba que la comuna debía “afectar los recursos necesarios para dar cumplimiento al plan de trabajo presentado” por la Contratista (recicladores). Asimismo, agregaba en el mismo punto que dicho monto se “incrementaría anualmente en forma progresiva”. Los servicios que brindaría la Contratista (recicladores), según se ponía por escrito eran “la recolección de los residuos sólidos urbanos secos puerta a puerta”, o sea en domicilio y su posterior traslado al llamado Centro verde. Entre otros puntos, la obligación establecía un pago mensual de tres mil pesos por cada trabajador: dos mil en concepto de incentivo y mil por presentismo, tal cual figura en el artículo 3, inciso 2. Finalmente, en el texto figuraba la obligación de que la Municipalidad debía "Proporcionar en comodato a la Contratista (recicladores) los vehículos necesarios para la prestación de los servicios”. “Y -agregaba el mismo ítem- proveer los recursos necesarios para su uso y mantenimiento, incluyendo mecánica preventiva y correctiva, pesada y ligera, repuestos y sistema de control de combustible.” La caliente mañana del 237 terminó con el desalojo de la comuna, la denuncia penal realizada desde el Ejecutivo por lo ocurrido y el retorno a Capital Federal de los integrantes de la cooperativa de recicladores.