Domingo 28 de septiembre de 2014
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Departamentales
Bahillo denunció y multaron a Telecom
La demanda la inició en 2013 el intendente de Gualeguaychú luego de los reclamos de usuarios. Un juez Civil y Comercial insta a la apertura de una oficina. Elevó la multa a la suma de doscientos mil pesos por día de demora. <b>Detalles.</b&g
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Juan José Bahillo inició la denuncia contra la telefónica.
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l pasado 5 de septiembre el juez en lo Civil y Comercial Nº 2 Dr. Marcelo Arnolfi, elevó las astreintes (multa conminatoria) que debe abonar la empresa Telecom Argentina S.A. por no dar cumplimiento a la medida cautelar oportunamente dictada a la suma de pesos doscientos mil ($200.000.-) por día de demora. Cabe recordar que la demanda contra Telecom la inició el año pasado el intendente Juan José Bahillo con el acompañamiento de los abogados Jaime Martínez Garbino y Agustín Weimberg. “Siempre resaltamos la importancia de esta acción, dicho que esta es una causa que será histórica para nuestra ciudad y para las otras 241 localidades del resto del país en donde las empresas telefónicas cerraron sus oficinas comerciales, porque será precedente que les permitirá a todos tomar el mismo camino” destacó el intendente Bahillo, y agregó: “Esta decisión del juez que entiende en la causa es un paso importante para que la empresa tome en serio la demanda Gualeguaychú, habla de la valentía y seriedad de la justicia de nuestra provincia, y un mensaje claro hacia la empresa, de que no es aconsejable no cumplir con una orden judicial”. La resolución judicial Entre los argumentos vertidos por juez Dr. Marcelo J. Arnolfi para elevar las astreintes, menciona que “es cierto también que en términos objetivos tampoco le ha causado ningún efecto el hecho que se establecieran astreintes que evidentemente son insuficientes para que procure abrir una oficina que satisfaga provisionalmente las necesidades de una población que es muy superior a la que parece estimar de acuerdo a su propuesta. La aplicación de medidas conminatorias es si se quiere el primer camino que tiene el Juzgado para hacer cumplir la medida. La aplicación es una facultad del Juzgado que fue correctamente aplicada dado el incumplimiento del que se ha expuesto precedentemente. Su imposición y su incremento fueron correctos. Han pasado seis meses en los que no existe abierta oficina alguna, ni grande ni pequeña, ni con pocos, ni con muchos empleados. No se ha cumplido con una resolución judicial. La accionada a puesto más empeñó en interponer recursos judiciales que en cumplimentar la medida”. Agregando más adelante que “este refugió en una serie de recursos, todos ellos y hasta aquí improcedentes, ha causado un sólo efecto que es dable reiterar: A seis meses que se le ordenara abrir una oficina, la misma brilla por su ausencia.” La supuesta oficina de atención Posteriormente el martes 23 de septiembre, la ciudad amaneció con una solicitada de la empresa Telecom Argentina S.A. en el Diario El Día, que indicaba: “Se encuentra en funcionamiento su oficina de atención al cliente en la ciudad de Gualeguaychú, ubicada en calle 25 de Mayo 1101, esquina Ayacucho. El horario de atención es de lunes a viernes de 08:3’ a 13:00 hs.” Ante esta situación, inspectores de Inspección General de la Municipalidad de Gualeguaychú, a solicitud de Defensa del Consumidor, constataron que en el local indicado en la solicitada, funciona un comercio que tiene como actividad principal la venta de telefonía celular, y que en el mismo se habían incorporado dos escritorios con cuatro sillas, una computadora y un empleado que se identificó de la empresa Telecom Argentina S.A. Dicho anexo de actividades se realizó sin comunicación alguna al juzgado interviniente, cuestión fundamental, pues es éste quien debe decidir si el tamaño, funcionamiento y recursos afectos resultan suficientes para cumplir con la orden impartida. Asimismo, y sumando otra irregularidad, la puesta en marcha de la misma se hizo sin solicitar la correspondiente y necesaria habilitación de la Municipalidad, como debe efectuar cualquier empresa o comercio que realice actividades comerciales dentro del éjido. “Es evidente que la intempestiva apertura de lo que la empresa denomina “oficina de atención al cliente” en una reacción de la Telecom al aumento de las astreintes que estableció el Dr. Arnolfi”, pero no deja de ser una falta de respeto para el Juzgado ni para la comunidad de Gualeguaychú, ya que es la mitad de la propuesta formulada en Febrero y que ya fue rechazada por insuficiente” remarcó Bahillo. En efecto, luego que el Juzgado dictara la medida cautelar, la empresa hizo una propuesta de la apertura de una oficina como anexo a un locutorio y kiosco, y la afectación de dos recursos humanos. En dicho local quedaban solo 26m2 (para todas las actividades) lo que hizo que dicha propuesta fue rechazada por el juez y la aplicación de una multa diaria de $5.000 desde marzo que fue incrementándose hasta llegar a los $9000 en septiembre. “Ahora bien, cuando el juez, luego de 6 meses de incumplir la orden de abrir una oficina comercial, aumenta la multa diaria a $200.000, la empresa adopta esta conducta de abrir una oficina, también dentro de otro comercio, en menos de la mitad de la superficie, 11,55 m2 (3,30 X 3,50 m, según la constatación de Inspección General) y la asignación de una sola persona para 18.000 usuarios, esto no se puede calificar de otra manera que nos quieren tomar el pelo o se están birlando de toda la comunidad” sostuvo por su parte el director de Defensa al Consumidor, Pablo Luciano, y agregó: “Igualmente, la falta de pedido de habilitación también es una provocación para la Municipalidad, ya que en estos casos se puede aplicar una clausura, tal vez eso es lo que pretenda Telecom, al abrir una oficina en forma clandestina, que la Municipalidad los clausure para luego intentar justificarse diciendo que es ésta quien impide su apertura”. Proceso de negociación entre Bahillo y Telecom El 13 de junio del 2013, Bahillo, patrocinado por los Dres. Jaime Martínez Garbino (h) y Agustín Weimberg, inició un proceso de mediación reclamando a la empresa Telecom la reapertura del local que la firma tiene en Gualeguaychú. “Queremos sumar a toda la comunidad en este reclamo; a las asociaciones de consumidores, al Concejo Deliberante, a la Corporación del Desarrollo y todos los particulares que quieran acompañar la medida, tanto en la ciudad como en el departamento”, remarcó Bahillo en dicha oportunidad. En aquel entonces, uno de los fundamentos de la solicitud, radicaba en que de todos los reclamos que recibe la oficina de Defensa del Consumidor de la Municipalidad, el 56% son para la empresa telefónica. “La oficina municipal se ha convertido en el lugar de atención de las inquietudes y los reclamos a la empresa. Los afectados en Gualeguaychú, por el mal servicio de la empresa de telefonía, son aproximadamente 18 mil, solamente en telefonía fija (a lo que hay que agregarle el servicio de internet y el de telefonía celular)” especificó. En las audiencias realizadas entre Juan José Bahillo y los representantes legales de la empresa Telecom con el objetivo de acordar la posibilidad de reabrir las oficinas de atención al público, no tuvieron éxito. La respuesta por parte de Telecom fue contundente: se negaron a reabrir dicha oficina, proponiendo “reforzar el servicio de del 112 y el 114, y también abrir otros canales a través de Facebook y Twitter”.- Posteriormente el 22 de octubre, ante el Juzgado Civil y Comercial Nº2, de esta Ciudad, Juan José Bahillo, y el titular de la Dirección de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Gualeguaychú, Pablo Marcelo Luciano, presentaron una demanda judicial contra la empresa Telecom exigiéndole la reapertura de la oficina de atención al público en la ciudad. El objeto de la demanda presentada fue la reapertura de la oficina de atención al público y, en el marco del pleito, previo a que Telecom sea notificada de la demanda, se solicitó el dictado de una medida cautelar para la reapertura de la oficina mientras dure el proceso. El 7 de diciembre del 2013, el Juez que entiende en la causa, Dr, Marcelo Arnolfi resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada, estableciendo “que provisoriamente durante la sustanciación del proceso, Telecom Argentina S.A. deberá garantizar la atención personalizada y gratuita a los usuarios, en una oficina comercial abierta en esta ciudad a esos efectos (Art.27 de la ley de defensa del consumidor)”.
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