Viernes 16 de mayo de 2014
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Departamentales
Concordia: quedó firme la condena a saqueadores
La Justicia dejó efectiva la primera condena por los saqueos. En la misma se declaró a Carolina Angulo y Arnaldo Damián Bella como autores materiales y penales del delito de robo agravado, condenándolos a tres años de prisión condicional.
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(Imagen de archivo).
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urante la noche del 8 de diciembre y la madrugada del 9, donde la ciudad de Concordia vivió hechos de verdadera conmoción social, la pareja compuesta por Angulo y Bella fue partícipe de los saqueos de un comercio de electrodomésticos ubicado en calle Hipólito Irigoyen de Concordia, lugar al que accedieron en una camioneta que fue fundamental para la identificación posterior de los dueños. A poco de ocurridos esos hechos, en Internet pudieron observarse numerosos videos de los saqueadores que luego le sirvieron a la Justicia como elementos de prueba para identificar a los partícipes de los hechos. Incluso, hubo casos en que los mismos autores de los desmanes fueron quienes subieron a la web las que luego serían las pruebas en su contra. En este marco, bajo la causa caratulada “Angulo, Carolina y Bella, Arnaldo Damián s/ robo agravado” se los declara como autores materiales y penalmente responsables del delito de robo agravado en grado de coautores y en consecuencia se los condena a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Durante dicho período la pareja debe abstenerse de realizar cualquier acto de violencia. Como así también de acercarse a la víctima y testigos, ya sea al domicilio o al lugar en que estos se encuentren a una distancia inferior a cien metros y quedando vedado todo tipo de comunicación por cualquier medio. Además tiene prohibido el consumo de estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas. Según consigna Diario Río Uruguay, la sentencia también establece que la pareja también deberá cumplir doscientas cincuentas horas de trabajos comunitarios, no remunerativo, en los Bomberos Voluntarios de Concordia debiendo acreditar el cumplimiento ante la Secretaria del tribunal cada cuatro meses. En rigor la condena a prisión condicional es de tres años, pero la sentencia tiene un alcance que en realidad excede ese lapso, ya que ambos condenados no podrán cometer ningún delito menor por un término de cuatro años, ya que la mínima pena padecida en ese tiempo se sumaría automáticamente a la presente resolución, que por estar en el límite de la prisión condicional pasaría automáticamente a ser de cumplimiento efectivo.
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