Miércoles 12 de marzo de 2014
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Interés general
En un mes la justicia definirá si la causa contra Ilarraz prescribe o no
Las partes implicadas insistieron con sus argumentos. Para la querella y la Fiscalía hubo violaciones a los DD.HH. El abogado defensor del cura volvió a plantear la prescripción en la causa que se investiga el abuso de menores.
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Hubo una nueva instancia judicial en la causa contra Justo José Ilarraz.
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e la redacción de INFORME DIGITAL Este martes se realizó un nueva instancia judicial en la que se analizó si la causa por los supuestos abusos del cura Justo José Ilaraz está prescripta o no. El cura fue denunciado periodísticamente en 2012, y luego denunciado por ex seminaristas. Está sospechado de abusar a no menos de 50 adolescentes entre 1984 y 1992, cuando se desempeñaba como prefecto en el Seminario Menor de Paraná. En un mes la Sala II debe resolver la cuestión de fondo. Este martes, según consigna El Diario, la defensa no se apartó de su posición al esgrimir que los delitos que supuestamente ejecutó el sacerdote ya prescribieron. Mientras que el Ministerio Público y la querella argumentaron que el accionar del sacerdote se puede encuadrar como una violación a los derechos humanos y que por esa razón tiene que evaluarse a la luz de pactos internacionales. Como había ocurrido el 13 de junio de 2013, cuando se llevó adelante la primera audiencia in voce, las partes expusieron sus posturas en relación a ese punto. Los jueces de la Sala I de esa Cámara resolvieron a favor de la defensa del cura, aunque en noviembre de 2013 el Superior Tribunal de Justicia anuló el fallo porque se pronunciaba en torno a la denuncia de solo dos de las siete víctimas. Defensa de Ilarraz Salvo algunas modificaciones menores, la defensa de Ilarraz que tienen a su cargo Juan Fornerón y Jorge Muñoz, respetaron el mismo libreto desarrollado en la primera instancia. El abogado paranaense afirmó: “La acción penal en estas acciones está prescripta”. Fundamentó este argumento en función del tiempo que transcurrió desde que sucedieron los hechos. Además rechazó la idea de que este tipo de delito se pueda encuadrar como una violación a los derechos humanos. Posición del fiscal En su exposición, el fiscal de Cámara, Rafael Cotorruelo, hizo hincapié en la resolución del juez de Instrucción, Alejandro Grippo. Al respecto mencionó: “El magistrado sostuvo que estos hechos son delitos previstos en el Código Penal, es decir son delitos comunes, en el caso de Ilarraz se trata corrupción de menores agravada”. Advirtió que los mismos “constituyen violaciones a los derechos humanos, pasibles de ser encuadrados en la categoría que afectan al derecho de gentes, siendo violaciones al Derecho Internacional, por lo tanto imprescriptibles”. Recordó que los perpetrados por Ilarraz “no son como cualquier abuso sexual, no solo por ser un abuso sexual donde las víctimas son niños, sino porque el que perpetra esos abusos está en una especial situación de poder”. Explicó que el cura “integra la Iglesia Católica, ocupaba un lugar en una institución educativo-religiosa, como docente y como guía espiritual. Es decir, encargado de la formación a nivel intelectual y también de la formación espiritual de las personas. Y el grado de la ascendencia sobre las víctimas era muy fuerte y el grado de indefensión de las víctimas extremo”. “Hicimos hincapié en que el Estado no está ausente de esto porque ese servicio pertenece a la Iglesia Católica, que no es el Estado nacional, pero sí lo es por su conformación. Intenté hacer una suerte de equiparación a lo que sería Ilarraz como un seudofuncionario público”, reflexionó Cotorruelo.
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