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e la redacción de INFORME DIGITAL La diputada del Frente Amplio Progresista, María Emma Barganga, presentó este lunes en la Cámara Baja un proyecto de ley en el que solicita la derogación de la ley 10.270. La legisladora explicó que "por su falla congénita, el vaciamiento y apartamiento de fines y por los efectos antipopulares que acarreará, la norma es irregular, inmotivada y contraria a los intereses del Pueblo de la provincia, por lo que solicito la derogación". "La principal explicación que dio el oficialismo para impulsar el proyecto de reforma (luego ley 10.270) -obligando a la Cámara de Diputados a darle un tratamiento 'express' y con total ignorancia del texto por parte de la oposición- era la necesidad del gobierno de recaudar para pagar los aumentos convenidos en el Acta-Acuerdo suscripta en Concordia con los referentes de las fuerzas policiales, el 9 de diciembre de 2013, luego de tres días de saqueos, quite de colaboración y violentas medidas de fuerza que son de público conocimiento", acotó, según consignó Aim. "Con posterioridad a la sanción de la ley de reforma, el gobierno decidió no cumplir el acuerdo celebrado en diciembre pasado, debido a que se lo consideró nulo. De hecho, después de varias declaraciones públicas del ministro de Gobierno, Adán Bahl, y del Procurador del Superior Tribunal, Jorge García, en las que manifestaban el vicio invalidante del acto firmado por el gobernador, Sergio Urribarri, tal convenio no se cumplió, y por ello no se pagaron los aumentos convenidos”, agregó Bargagna. Luego la abogada recordó que en su lugar, el 2 de enero de 2014, Urribarri dictó el decreto 01/2014 (Expte. número 1.533.067) mediante el cual modificó el plus “por mayor seguridad y por riesgo y peligrosidad, y dispuso el pago de un 'complemento extraordinario no remunerativo de pago único' y de una 'asignación especial, no remunerativa, no bonificable, de pago único' a los agentes y retirados de las fuerzas de seguridad”. Es decir: “la ley 10.270, en realidad, es inmotivada e injustificada; quita de atribuciones a la Legislatura y se opone a lo que manda la Constitución provincial”. Por ello, Bargagna argumentó que “por el bien de la provincia, corresponde desandar el camino hecho de modo irregular y atropellando la Legislatura, a quien la Constitución otorgó de modo exclusivo la atribución de dictar la legislación impositiva 'observando lo dispuesto por el artículo 79 (Art. 122º inciso 7) de la Constitución provincial', es decir, eliminando paulatinamente los impuestos que recaigan sobre los artículos de primera necesidad, como es el caso del impuesto a los ingresos brutos, directiva que en la ley 10.270 se contradice abiertamente”.