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a AFIP creó el "Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas", que tendrá como fin recabar información sobre "las operaciones efectivizadas mediante controladores fiscales". Así lo dispuso a través de una resolución general publicada este martes en el Boletín Oficial. "Establécese un Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas, mediante el cual los sujetos obligados deberán informar respecto de las operaciones efectivizadas mediante controladores fiscales, las cantidades vendidas y el precio unitario facturado, correspondientes a cada día", según el primer artículo del texto oficial. La AFIP aclaró que los productos alcanzados que no registren ventas en el período que se informa, "deberán ser identificados ingresando "cero" (0) en el campo correspondiente a cantidad". En este nuevo Régimen, los sujetos obligados deberán informar las operaciones en el micrositio www.afip.gob.ar/operacionesminoristas. La resolución precisó que los responsables "deberán remitir la información requerida generando un archivo por cada día, dentro de los 7 días corridos siguientes al período (día) por el que se informa", mediante una de las siguientes opciones: a) Transferencia electrónica de datos del formulario F. 8540 mediante el servicio denominado "PRESENTACION DE DDJJ Y PAGOS" a través del sitio "web" de la Administración Federal. b) Intercambio de información mediante "webservice" denominado "PRESENTACION DE DDJJ". Según consignó Noticias Argentinas, el organismo que dirige Ricardo Echegaray justificó esta medida al señalar que desde el 1 de abril próximo, regirá la modificación dispuesta sobre el régimen de emisión de comprobantes mediante controladores fiscales, "a los efectos de contemplar los avances tecnológicos". "La obligación de utilizar nuevos equipos a los efectos de optimizar los métodos de obtención de datos contenidos en los Controladores Fiscales y su transmisión —en forma sistémica y periódica— a las bases informáticas de este organismo, añadió la resolución. Y puntualizó que "complementariamente al desarrollo estratégico relacionado con el control sistémico y en línea de las operaciones comerciales, resulta aconsejable establecer un Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas".