L
a Justicia Nacional Electoral informa que se encuentra habilitada la consulta al Registro de Infractores al deber de votar, para que cada elector pueda verificar si se encuentra asentado como infractor. La consulta puede hacerse en el sitio de Internet de la Cámara Nacional Electoral: www.electoral.gob.ar. Quienes figuren como infractores, podrán regularizar su situación mediante el pago de la multa. Para ello, en la página de Internet podrán generar e imprimir la correspondiente boleta de pago. En los casos en que los electores que figuren como infractores consideren que esa situación no es correcta, pueden efectuar el reclamo que estimen pertinente. La Justicia Nacional Electoral habilitó en su sitio de Internet la consulta al Registro de Infractores al deber de votar (Acceso Público), para que cada elector pueda verificar si se encuentra asentado como infractor y regularizar su situación o efectuar el reclamo que estime pertinente. Los electores que pierdan su troquel o requieran, por algún otro motivo, una constancia que acredite que no se encuentra registrado como infractor, podrán imprimirla del sitio. El monto de la multa es $ 50 (cincuenta pesos) para quien no haya votado en las elecciones primarias nacionales (PASO) y tampoco haya justificado la no emisión del voto. Si el elector infractor no vota en las elecciones generales del 27 de octubre y no justifica la no emisión del voto, el monto de la multa asciende -en este caso- a $ 100 (cien pesos). Por lo tanto, aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios, deberán pagar una multa de $ 150 (ciento cincuenta pesos). El monto de las multas integra el Fondo Partidario Permanente que está a cargo del Ministerio del Interior. Existen dos vías principales de pago: a través del Banco de la Nación Argentina o por otros medios de pago (tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual).