D
esde la AFIP se abrió la extensión para que los contribuyentes puedan recategorizarse hasta el 30 de septiembre inclusive. Lo que cambiará será el límite para su facturación anual, mientras que la cuota mensual se mantiene sin modificaciones. Según publicó Tiempo Argentino, todavía no hay datos de la cantidad de gente que deberá entrar en las recategorizaciones, información que según fuentes oficiales dará el titular de la AFIP, Rircardo Echegaray, en la próxima conferencia de prensa de anuncio de la recaudación mensual. El procedimiento para la recategorización se mantiene como hasta ahora, el cual está basado en el criterio de promedio móvil de facturación de los últimos 12 meses: al cabo de cada cuatrimestre, con fecha de vencimiento el 20 del mes siguiente, aquellos contribuyentes que superen o, por el contrario, estén por debajo de los parámetros de la categoría en la cual están inscriptos, pueden moverse dentro de categorías menores o mayores, según corresponda el caso. Por las modificaciones en esta ocasión, la fecha fue extendida hasta el 30 de septiembre y los cambios de categoría se realizan en