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ueron presentados los decretos que regularizan la situación laboral de una importante cantidad de trabajadores de Salud, en cumplimiento de la Ley 10.189 que fuera aprobada por la Legislatura entrerriana en diciembre del año pasado. De este modo pasaron a planta permanente 265 agentes que veían con estabilidad laboral desde el año 2010 y otros 742 agentes que revistaban como suplentes extraordinarios. El ministro de Salud, Hugo Cettour, ratificó que esta ley y sus correspondientes decretos es “un acto de justicia”, dado que regulariza y normaliza la situación de personal de distintos escalafones con la creación cargos en el ámbito del Ministerio de Salud de Entre Ríos. El titular de la cartera sanitaria puntualizó que la ley responde a un trabajo encomendado por el gobernador Sergio Urribarri quien, desde el principio de su gestión, le indicó la necesidad de regularizar los cargos de suplencias con más antigüedad. El proceso de regularización laboral se completó a partir del resultado del relevamiento oficial de trabajadores con contratos de servicio, estabilidad laboral y suplencias extraordinarias. De esta manera, siguiendo los criterios previamente establecidos, se dispuso la regularización de agentes que revistaban con estabilidad laboral, agentes con contratos de servicios y agentes con suplencias extraordinarias. Primeramente, a través del Decreto Nº 2.982/13 pasaron a planta permanente 265 agentes (163 escalafón general y 102 enfermeros) que veían con estabilidad laboral desde el año 2010. Por otro lado, mediante el Decreto Nº 2.983/13 pasaron a planta permanente 742 agentes (380 escalafón general y 362 enfermeros) que revistaban como suplentes extraordinarios, conforme a los cargos creados por Ley 10.189 y DR Nº 1.164/13. Cabe destacar que dicha regularización fue realizada en base a la antigüedad total de cada agente, tomando de mayor a menor cantidad de años trabajados hasta cubrirse la totalidad de 742 cargos creados por Ley. Cabe aclarar que aún queda pendiente la situación de profesionales que revistan como suplentes extraordinarios y pasarán con carácter de Interino, conforme lo estipula la Ley 9.892 de Carrera Profesional Asistencial Sanitaria y cubrir cargos vacantes en los distintos escalafones (enfermería, escalafón general, médicos).