Sábado 24 de agosto de 2013
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Política
Para la Corte de Nueva York, la Argentina es un "deudor recalcitrante"
La Cámara de Nueva York, ratificó la obligación de Argentina de pagar los más de 1300 millones que Argentina le debe a los holdouts. El fallo adverso para la Argentina contiene frases muy duras sobre la oferta del Gobierno.
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El fallo abunda en ironías contra Argentina. (Foto: Lorenzino y Boudou).

E

l pronunciamiento de los tres jueces que integran la Cámara de Apelaciones del segundo Circuito de Nueva York abunda en ironías contra la defensa argentina, el ministro de Economía Hernán Lorenzino y la propia presidenta Cristina Kirchner. Conciso, con un razonamiento de implacable lógica sajona y muy claro, desarma cada uno de los argumentos legales y políticos de la defensa argentina en la batalla judicial que libra contra los denominados fondos buitres. El tribunal que no se privó de ironías y eludió los eufemismos, esta integrado por Rosemary Pooler, nombrada por Bill Clinton, y por Reena Raggi y Parker, ambos nominados por George W. Bush. Según consignó Infobae, ya en su primer página de considerandos el pronunciamiento arranca con una ironía fuerte cuando se burla de la denominación “fondos buitres” que utiliza el Gobierno argentino y sostiene en una ironía subida de tono dirigida a la Presidenta que “lo mismo podríamos hablar de “viudas o huérfanos”. Los jueces comienzan recordando que atendiendo la “inusual naturaleza” del pleito y su importancia para Argentina, invitaron al país a proponer alguna formula de pago a los bonistas que ganaron el pleito en primera instancia gracias a un pronunciamiento del juez Thomas Griesa. Pero se lamentan que esta propuesta no derivó “en ninguna propuesta productiva” por parte de Argentina y recuerdan con fastidio que “por el contrario” en la audiencia celebrada en el tribunal el pasado 24 de febrero, los abogados argentinos afirmaron en su cara que su intención era desobedecer un eventual fallo en contra del país. “Los funcionarios argentinos han anunciado en reiteradas y públicas ocasiones su intención de no obedecer los pronunciamientos de este tribunal”, se lamentan los jueces y en uno de sus tantos pies de página picantes agregan que “aparentemente” en la página web de la Casa Rosada, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner ha criticado el criterio judicial “de esta corte”. Recordando además que Cristina anunció que “no habrá ni un dólar para los fondos buitres” y citando palabras similares del ministro de Economía Hernán Lorenzino. Los jueces dicen que antes estas y otras afirmaciones se fijaron si estaban cometiendo “algún abuso discrecional”, pero “no encontramos ninguno”. Dedican luego buena parte del fallo a advertir al Bank of New York Mellon (BONY) que se abstenga de ayudar a la Argentina a “evadir” el fallo, ya que este banco es uno de los que usa el país para pagar a los bonistas que si entraron en el canje y que está preocupado porque los fondos que gira el país a sus cuentas sean embargados por los holdouts. Para luego demoler los argumentos de los terceros interesados que se presentaron en el pleito, esto es precisamente los bonistas o grupos de bonistas que si entraron en el canje y que temen que este fallo dispare un default técnico que termine perjudicándolos. Entre ellos, EBG, Fintech, Euro Bondholders y ICE Canyon. Los jueces le explican didácticos a estos bonistas que ellos son acreedores de la Argentina y por lo tanto “su interés no está afectado porque se obligue pagar (a la Argentina) a otros acreedores”. En todo caso, subrayan los jueces, si la Argentina defaulteara sus obligaciones con ellos “siempre les queda el derecho de demandarla”. De manera que no se les reconoce derecho alguna a apelar la sentencia. Y un poco más adelante, al citar los argumentos esbozados por la defensa argentina, el tribunal se entretiene con aquel que sostuvo que una fallo favorable a los fondos buitres terminaría afectando a los bonistas que entraron al canje de buena fe. “Este tipo de alarma, destinada a amenazar a terceros” es rechazada vigorosamente por el tribunal que se niega a aceptarla y señala que de ninguna manera puede ser utilizada para etiquetar de “inequitativo” el fallo del tribunal. Y agregan que el hecho que los holdouts reciban el 100 por ciento de los bonos que compararon mas los intereses y los bonistas que entraron al canje mucho menos, es sencilla: Unos aceptaron el canje y otros buscaron en la justicia, que Argentina cumpla con el contrato que firmó. “Como la decisión del tribunal no hace más que obligar a Argentina a cumplir con sus obligaciones contractuales, no vemos abuso o discrecionalidad”, sentencian los jueces. El argumento de la amenaza global Pero la parte en la que los jueces realmente se divierten es cuando contestan el argumento argentino de que un fallo de estas característica sentará un gravísimo precedente que impedirá todas las futuras reestructuraciones de deuda y comprometerá así las finanzas globales. Los jueces subrayan que ya en Octubre pasado habían explicado porque con coincidían con la “predicción de Argentina” de que un fallo contra sus intereses “desatará cataclismos en los mercados y la economía global”. Y se lamentan que “en esta apelación, Argentina esencialmente haya reciclado esos argumentos”. “Las predicciones de Argentina tienen en común que son especulativas, hiperbólicas y enteramente producto de sus propias maquinaciones”, sostienen los jueces y se lamentan que “más allá de las especulaciones”, Argentina no presentó “ningún argumento real, o prueba” que sostenga sus afirmaciones. “Las preocupaciones de Argentina son puras especulaciones”, agregan los jueces. Rechazan asimismo que este fallo vaya a trabar futuras reestructuraciones de deudas soberanas, envalentonando a los tenedores de deuda a buscar la vía judicial para cobrar el cien por cien de sus acreencias. “Este es un caso excepcional”, señalan los jueces que de ninguna manera se puede extender a todos los casos de reestructuraciones de deuda y subrayan que “casos como este difícilmente ocurran en el futuro” porque ahora las reestructuraciones de deuda soberana se realizan con una cláusula de acción colectiva, que permite a la mayoría que aceptó la renegociación imponer el acuerdo a todos los bonistas. Y en uno de sus párrafos más irónicos agregan una lección del más básico concepto legal: “Además, nuestro rol no es resolver todos los hipotéticos problemas que podrían surgir en futuros juicios que impliquen a otros bonistas y naciones, sino resolver este caso en particular”. Para concluir que lejos de ver su fallo como una amenaza, lo consideran una garantía para proteger “en lo esencial la integridad del mercado de capitales” de Nueva York, agregando otro concepto básico: “Prestamistas y deudores pueden negociar bajo la ley de Nueva York términos mutuamente convenientes para sus transacciones” con el único requisito de “cumplirlos”. “Creemos que es un interés, ampliamente compartido por la comunidad de las finanzas, el de pagar las deudas”, concluyen los magistrados.
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