Lunes 04 de marzo de 2013
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Economía
Alto porcentaje de exceptuados de pagar el impuesto a la herencia
La ATER informó que el 84% de las declaraciones juradas presentadas quedaron exentas del pago del tributo. Se presentaron 123 de las cuales 103 fueron excluidas del impuesto. De esta manera sólo veinte fueron alcanzadas por la ley 10.197.
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El impuesto alcanzó sólo al 16% de las declaraciones juradas presentadas.
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a Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), informó que desde la puesta en vigencia del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (ITGB), conocido como Impuesto a la Herencia, el 84 por ciento de las declaraciones juradas presentadas quedaron exentas del pago del tributo establecido por ley 10.197. En menos de 30 días de puesto en vigencia el ITGB se realizaron gran cantidad de consultas y los contribuyentes han presentado las primeras Declaraciones Juradas (DDJJ). Dentro de los primeros 123 recibidos en las oficinas de ATER, 103 correspondieron a operaciones que resultaron exentas al pago, por ser inferiores a los mínimos no imponibles dispuestos por la ley, representando el 84 por ciento de las donaciones o cesiones realizadas. Sólo 20 declaraciones juradas resultaron con obligación de pago del impuesto, lo que representa sólo el 16 por ciento del total de las operaciones realizadas; el monto del impuesto determinado es de 471.281,17 pesos, o sea un promedio de 23.564 pesos por cada operación. En cuanto a operaciones por causa de muerte, la ley sólo tiene vigencia para los fallecimientos ocurridos desde la vigencia de la ley en adelante, por lo cual pasarán por lo menos varios meses antes de tener ingresos por este concepto. Según el monitoreo que lleva adelante la administradora se están presentando aproximadamente 20 DDJJ por donaciones, por día. Bajaron los honorarios pagados a los Procuradores Fiscales La Resolución 197/12 ATER puso en vigencia el Procedimiento para la Estimación Administrativa de Honorarios de los Procuradores Fiscales de ATER a fines de noviembre pasado. Se registraron en 90 días pagos de 425 pequeños contribuyentes, abonado por honorarios por 186.000 pesos, y cancelando deuda por casi 2 millones de pesos. Por la misma, se estableció el cobro indirecto de honorarios, es decir que el contribuyente que quiere regularizar su deuda en apremio fiscal, puede acudir a la oficina de ATER correspondiente, para que le liquiden la deuda de impuestos y también los honorarios del Procurador. Con los volantes de pago, abona en el Banco y de esta manera queda con su situación en regla. La ATER abona luego al profesional sus honorarios, considerando las nuevas disposiciones. De esta manera, se trata de evitar excesos en el pago de honorarios por las gestiones de cobro.
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