E
l Gobierno provincial dispuso la creación de un nuevo Programa de emisión de Letras del Tesoro de Entre Ríos, denominado “Letras ER 2013”. Es por un valor de hasta 464 millones de pesos y “se podrán emitir en una o más series, y dentro de éstas en una o más clases” hasta el 31 de diciembre de 2013. El decreto dispone que se colocarán mediante oferta pública o suscripción directa en el caso de que los inversores sean organismos públicos o fideicomisos administrados por el sector público A través del decreto Nº 4543 del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, publicado este viernes en el Boletín Oficial pero fechado el 19 de diciembre pasado, el Gobierno dispuso la creación del Programa denominado “Letras ER 2013”. En cuanto a la emisión, se indica que la misma es “hasta el monto máximo en circulación bajo el Programa de Valor Nominal de 464.497.200 pesos”. Además, se establece que “se podrán emitir en una o más series, y dentro de éstas en una o más clases”. La fecha emisión será la que se especifique en la Resolución del Ministerio de Economía que oportunamente apruebe la emisión, debiendo estar comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013. En tanto, el peso será la moneda de emisión, de integración y de pago. Según se especifica en el decreto “se colocarán mediante oferta pública o suscripción directa en el caso de que los inversores sean organismos públicos o fideicomisos administrados por el sector público”. Las letras podrán cotizar en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y en otras Bolsas de Comercio, y eventualmente negociarse en el Mercado Abierto Electrónico SA (el “MAE”). En el artículo 2º se establece que el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, tendrá a su cargo la implementación el Programa, y determinará la conveniencia y oportunidad para la emisión de las Letras; establecer la tasa de interés y los términos y condiciones particulares de sus series y clases; dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas o complementarias que requiera la operatoria y la debida instrumentación de lo establecido en el decreto; y resolver cualquier cuestión que fuere necesaria.