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a Comisión de Legislación General de la Cámara de Senadores evalúa el proyecto del senador Rubén Matorras (Gualeguay) que propone crear en la provincia, la “Constatación de Idoneidad Técnica de Inmuebles”. En ese sentido, el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos se manifestó en contra y aseguró que el proyecto “no aporta nada bueno a nadie, ni al comprador ni al vendedor”. Asimismo, desde la institución se oponen al proyecto, por lo que enviaron una nota al presidente de la Cámara de Senadores de Entre Ríos y demás legisladores del cuerpo. De igual modo, la iniciativa generó el rechazo también de los colegios profesionales de Escribanos, Abogados y Agrimensores, con fundamentos específicos desde su especialidad. Actualmente permanece en la Comisión de Legislación General de la Cámara de Senadores de Entre Ríos. En tanto, para el Colegio Inmobiliario “la norma pretendida es contraria a las disposiciones del Código Civil Argentino vigente y al proyectado, pues en materia contractual rige el principio de la autonomía de la voluntad de las partes contratantes. Quienes intervienen en la compra-venta de un inmueble, pueden o no consultar con un ingeniero civil y/o arquitecto y/u otro profesional de la actividad a los fines de verificar el estado en que se encuentra el inmueble que se está adquiriendo y no obstante esa consulta, en el caso de detectar la existencia de vicios redhibitorios podrán reclamar judicialmente por el articulo 2164 a 2181 del Código Civil, también y resulta casi inobjetable que quien compra conoce el inmueble que compra pues ha ido a visitarlo para saber qué es lo que está comprando”. A su vez, mediante un comunicado enviado a INFORME DIGITAL, señalan que “la pretensión de crear, mediante una ley local, un instrumento de control preliminar obligatorio por un tercero, como documento indispensable para poder concretar la compra venta de un inmueble, es lisa y llanamente inconstitucional, pues se desplaza la responsabilidad civil hacia quien debe extender tal documento, y ello no está contemplado en el Código Civil Argentino…”. Además, indicaron que el contenido del artículo 1º del proyecto “es difuso, incoherente e ininteligible”, ya que “parece más la creación de un negocio especifico para algunos que una norma destinada a proteger el interés de las partes contratantes, el cual ya está suficientemente protegido por la legislación de fondo”.