D
e la redacción de INFORME DIGITAL La abogada Verónica Moulone dialogó en Radio F5 y brindó detalles sobre lo que se considera Violencia Laboral. En este sentido, la letrada manifestó que “la violencia laboral es cuando se ejerce dentro del ámbito laboral sobre el trabajador y puede ser ejercida por el superior jerárquico, el jefe o el que tiene las facultades de mando o también lo puede hacer a través de sus propios compañeros. Lo que busca la ley es erradicar todo lo que significa violencia en el ámbito del trabajo, hay que distinguir cuando se refiere a la violencia laboral o una agresión aislada. Estamos hablando de un hostigamiento, de una persecución o cuando permanentemente hay bromas sarcásticas respecto a la persona, se le dan permanentemente órdenes poco claras o contradictorias, donde se lo va trasladando permanentemente, eso es la violencia laboral a lo que se refiere la ley 9671”. Además, Moulone se refirió también a otros tipos de violencia laboral que pueden existir y comentó que la violencia laboral “también puede afectar el acto discriminatorio, cuando no le dan el trabajo por hacer muy gordo o por su aspecto físico, es un acto discriminatorio aislado. Esto hace más aún hostigamiento permanente, y tiene que ver con el abuso del derecho ya que entre el trabajador y el empleado tiene que haber una buena comunicación que va a venir en forma espontánea cuando ambas partes sean conscientes de que tienen ambos derechos y obligaciones. El trabajador tiene la obligación de trabajar diligentemente pero sobre todo tienen derecho a ser respetado, cuando más respetado es su eficiencia va a ser mayor y responde las políticas de trabajo que son generalmente deficientes en las empresas sobre todo en la importancia que tiene incentivar al buen trabajador”. Luego, la abogada hizo mención a la solución que tiene este tipo de inconvenientes y expresó que “para eso está creada esta Ley, para eso el artículo 1071 del Código Civil sanciona como ilícito el acto discriminatorio por parte del empleador. Esto afecta al trabajador en su psiquis y cada vez se está dando más”. Por último, la especialista en el tema recordó que aquellas personas que se vean perjudicadas por este tipo de inconvenientes laborales deberán recurrir al Ministerio de Trabajo y que este “está obligado frente a una denuncia este tipo a convocar dentro de las 48 horas a una audiencia en donde va el trabajador, que puede ir asistido por un abogado, e irá también el empleador y allí se resolverá si existe violencia y será pasible de una multa si así lo fuera”.