E
l represor había sido excluido de la causa Hospital Militar por supuesta "incapacidad mental" y murió, impune, este lunes. Trimarco fue mencionado en diversas causas penales por los crímenes de lesa humanidad que se cometieron en la provincia de Entre Ríos. En ese sentido, se lo vinculó a la ejecución de un capítulo del conocido Plan Cóndor, al secuestro y desaparición del médico paraguayo Agustín Goiburu el 9 de febrero de 1977 en la capital entrerriana; los secuestros en Paraná y posteriores desapariciones de Pedro Miguel Sobko, Claudio Marcelo Fink, Victorio Coco Erbetta; el simulacro de enfrentamiento conocido como la Masacre de la Tapera, en que asesinaron y desaparecieron a Juan Alberto Beto Osuna y Carlos José María Fernández, en Paraná el 25 de septiembre de 1976; el secuestro y desaparición de Oscar Dezorzi y Norma Noni González en Gualeguaychú; el secuestro y desaparición de Sixto Francisco Zalasar, Julio Alberto Solaga y Jorge Emilio Papetti en Concordia; el funcionamiento de una maternidad clandestina en el Hospital Militar de Paraná y centenares de secuestros, torturas, exilios y cesantías. Asimismo, el represor entrerriano estuvo imputado en la causa Área Paraná por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por la especial calidad de funcionario público, en abuso de funciones, mediante el uso de violencias y amenazas; aplicación de severidades, vejaciones y apremios ilegales, e imposición de tormentos, conductas agravadas por haber durado más de un mes; y homicidio doblemente calificado, que se enmarcan dentro del tipo genérico de delitos de lesa humanidad de desaparición forzada de personas. También, en la causa "Trimarco Juan Carlos Ricardo y otros si supo inf. arts. 139 inc. 2° y 146 siguientes y concordantes, todos del Código Penal de la nación (ley 11.179)", conocida como Hospital Militar, por los delitos de sustracción y retención de menores de 10 años y sustitución de identidad de menores de 10 años (arts. 139 inc. 2 y 146 siguientes y concordantes del C.P. y de conformidad a los arts. 306 y 308 del C.P.P.N). No obstante, fue beneficiado por las Leyes de Obediencia Debida y Punto Final. La carrera militar de Trimarco, hasta su retiro voluntario en julio de 1985, y sus ascensos *El 1º de diciembre de 1975 lo nombran 2º Comandante y JEM del Comando de Brigada de Caballería Blindado II *Desde el 24 de marzo de 1976 al 19 de abril de 1976 fue Interventor Militar de la Provincia de Entre Ríos *Desde el 30 de diciembre de 1976 fue el Comandante del Comando de Brigada de Caballería Blindado II *Desde el 18 de diciembre de 1979 fue el 2° Comandante y JEM del Comando del Cuerpo de Ejército I *Desde el 5 de diciembre de 1980 fue el Comandante del II° Cuerpo de Ejército. *Desde el 2 de julio de 1982 fue el Comandante del Ier Cuerpo de Ejército.