E
l Concejo Deliberante de Concepción del Uruguay dio, en comisión, dictamen favorable a las iniciativas que permitirían a empleados municipales que sean electos concejales puedan realizar ambos trabajos y cobrar los dos sueldos, siempre y cuando cumplan con los horarios de trabajo. En ese sentido, el texto del artículo 3 consensuado que modificará la ordenanza 8506, la cual establece que "los agentes de planta permanente de la administración pública municipal, que ocupen cargos políticos, no podrán acumular los dos sueldos, pudiendo percibir, además de su sueldo como funcionarios sólo los adicionales que le correspondan como agentes de planta”. Asimismo, los concejales, por otro lado, también aprobaron el punto por el que los trabajadores municipales que resulten electos concejales podrán percibir los dos sueldos, siempre y cuando continúen desarrollando sus actividades como municipales en los horarios que correspondan. En tanto, las modificaciones y nuevos permisos, quedarán vigentes una vez que el despacho de la comisión sea aprobado por los ediles en la próxima sesión ordinaria del cuerpo y su posterior promulgación por parte del Ejecutivo.