L
a diputada nacional Liliana Ríos (FpV-Entre Ríos) presentó un proyecto de ley para que sea “causal de remoción de los magistrados judiciales, constitutiva del mal desempeño previsto en el artículo 53 de la Constitución Nacional, no dar trámite inmediato a la denuncia de un particular o a un requerimiento de instrucción fiscal, cuando el hecho imputado sea caracterizado en la pieza acusatoria como cometido mediante violencia de género”. La medida abarca, asimismo, a miembros del Ministerio Público Fiscal, de la Defensa y personal policial. El texto es acompañado por diversos legisladores nacionales, así como los también representantes por la provincia Raúl Barrandeguy, Julio Solanas y Osvaldo Elorriaga. Además, será causal de remoción de los miembros del Ministerio Público Fiscal: no dar trámite inmediato a una denuncia cuando el hecho imputado hubiese sido cometido mediante violencia de género; y no recabar de inmediato en dichos casos, las medidas de seguridad urgentes para impedir un nuevo delito o la continuación del denunciado, cuando existiere peligro para la víctima o para el denunciante. En tanto, en el artículo 3 dispone que “será causal de remoción de los integrantes del ministerio Público de la Defensa no denunciar inmediatamente los hechos delictivos que llegaren a su conocimiento en cuya comisión hubiese mediado violencia de género”. También prevé como “causal de cesantía del personal policial sometido al régimen de la ley 24.937 y su modificatoria la ley 26.080 (t.o. por Decreto 816/99 y sus modificatorios) o del de las fuerzas de seguridad cuando actúen como preventores de delitos: No dar trámite inmediato a las denuncias que reciban de hechos constitutivos de violencia de género; no tratar de impedir un delito de género próximo a cometerse”.