Jueves 28 de junio de 2012
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Paraná
Se endurecen las disposiciones para la salida de motos de las concesionarias
El Estado de la capital provincial estableció la obligatoriedad para todas las agencias, concesionarias y comercios que vendan motovehículos que los rodados sólo podrán ser entregados cuando tengan patente.
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Sólo saldrán de las concesionarias las motos patentadas.

P

or el Decreto 757, la intendenta de la ciudad, Blanca Osuna, dispuso que los comercios que vendan motos en sus distintas clases y cilindradas “sólo podrán entregarlos una vez realizada el trámite de inscripción ante el Registro de la Propiedad Automotor y colocada la patente”. La medida se tomó ya que “se analizaron las normas reguladoras del tránsito y evaluaron los comportamientos de los usuarios en la vía pública y se detectaron graves incumplimientos a las disposiciones vigentes, como son el no uso del casco, la falta de seguro, la carencia de licencia de conducir y la ausencia de la patente de los rodados, por no estar inscriptos en los registros”, según enuncia el edicto. “La falta de la patente además de ser una transgresión a la normativa vigente es una circunstancia que impide identificar a los vehículos en caso de que los inspectores de tránsito observen una infracción vial, lo que se presenta como un elemento que aporta a la inseguridad en la vía pública y a la probable utilización para cometer ilícitos”, explicaron desde la secretaría de Gobierno de la Municipalidad. No se podrán modificar los vehículos Además, el Decreto estableció que los rodados sólo pueden ser comercializados con sus caños de escapes originales, por lo que se prohibió la posibilidad de realizarles modificaciones o remplazarlos por aquellos que exceden el nivel de sonido permitido. En ese sentido, también quedó cerrada la venta de caños de escapes que excedan los límites de sonido permitidos por el gobierno local. La disposición fue determinada ya que desde el Estado paranaense se consideró que resulta indispensable “velar por la salud de los ciudadanos, para evitar la contaminación sonora que producen los caños de escape de los motovehículos cuando resultan modificados o reemplazados”. Autoridad de aplicación y sanciones Para hacer cumplir la norma, la intendenta dispuso que las áreas habilitadas son las direcciones de Tránsito Urbano, Transporte Urbano, Medio Ambiente, Inspecciones Comerciales y Habilitaciones Comerciales . El incumplimiento de la nueva disposición dará lugar a sanciones y si es una concesionaria se realizará la comunicación a dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor, para que evalúe la conducta y aplique las medidas que considere pertinente.
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