T
anto el Ministerio Público Fiscal como los representantes de la querella solicitaron este martes que a los tres imputados por la desaparición de Elías Gorosito se los juzgue por el delito de sustracción y ocultamiento de persona, considerando respectivamente que Lisandro Rodríguez, Diego Salvador y Jesús Salvador López deben recibir la pena de 10 y 12 años de prisión. “Estos hechos tienen en miniatura la misma estructura que los delitos de lesa humanidad. El molesto es la misma figura que el subversivo; y Gorosito lo era”, sentenció el fiscal Leandro Ríos ante el tribunal, integrado por Marcela Badano, Marcela Davite y Hugo Perotti. “El caso Gorosito tiene una adecuación típica perfecta con el artículo 142 inciso ter del Código Penal”, subrayó por su parte el abogado querellante Rubén Pagliotto refiriéndose a la “desaparición forzada de personas”, aunque aclaró que, como esa modificación es posterior al momento de los hechos, la solicitud de pena se adecua al marco normativo vigente en febrero de 2002. El letrado destacó el “esfuerzo denodado realizado por el Estado nacional y provincial, que han proveído un Programa de Protección a Testigos para reconstruir la verdad histórica”. Cabe recordar que en la primera audiencia se solicitó al tribunal que autorice la implementación de esta herramienta, propuesta por la Subsecretaría de Derechos Humanos de Entre Ríos, la Secretaría de Derechos Humanos de Nación y el Ministerio de Seguridad. La defensa solicitó la absolución de los funcionarios policiales argumentando que quienes “andaban buscando” al joven desaparecido el 13 de febrero de 2002 era la Comisaría 11º y no la Quinta -a la cual pertenecían los imputados-, y que sólo el testimonio de Ariel Zárate indica con precisión el número del móvil que detuvo a su compañero. La lectura de la sentencia tendrá lugar el próximo martes a las 12 en la Sala II de la Cámara del Crimen de Paraná. Los alegatos Ríos insistió en que debe juzgarse la sustracción y primera etapa de ocultamiento de la víctima, que tendría como responsables a los tres imputados en esta causa, sin perjuicio de seguir investigando otros actores involucrados en su secuestro. En esa línea, llamó a “distinguir lo que es el caso de lo que es la causa”, y consideró que las investigaciones sobre el destino de Gorosito deben “dar lugar a otra causa” donde puedan profundizarse las averiguaciones en torno al rol de la Comisaría 11º en el secuestro del joven paranaense. La querella posteriormente adhirió al planteo de Ríos. “La idea no era detenerlo, sino secuestrarlo”, argumentó repetidas veces el representante del Ministerio Público, haciendo hincapié en que el oficial Walter Gadea, quien ante el tribunal dijo que formó parte de la búsqueda de la víctima, no concurrió al domicilio de la familia Gorosito para dar con su paradero, siendo que es el primer lugar donde lógicamente debería habérselo buscado. A su vez, sostuvo que el mismo funcionario policial, por el régimen de guardias vigente, no podría haber estado cumpliendo funciones el 16 de febrero, cuando él mismo fue quien recibió ese día la ampliación de una denuncia en contra de Gorosito. En ese sentido, habló de un “silencio corporativo” por parte de la Policía, que involucraría, entre otros, a Mario Alberto Warlet y al comisario general Sergio Raúl Schneider, quienes en ese momento prestaban funciones en la Comisaría Quinta. La querella, representada por Rubén Pagliotto y Jorge Leitner, adhirió en todos los términos a la exposición del fiscal, y enfatizó el “carácter permanente” del delito cometido, ya que la víctima aún se encuentra desaparecida. Iván Vernengo, querellante por la acción civil, reclamó que por el daño moral contra los progenitores de Gorosito se abone la suma de 100 mil pesos a cada uno. El representante de la Fiscalía de Estado, Sebastián Trinadori, negó todos los cargos contra los imputados y la entidad pública a la que representa, por lo que solicitó el rechazo de la demanda civil. Marcos Rodríguez Allende, defensor de los tres imputados, insistió en la responsabilidad de la Comisaría 11º en los hechos investigados, ya que ellos eran quienes “lo andaban buscando a Gorosito” por una denuncia efectuada en su contra la noche anterior. “No surge ningún dato objetivo o científico que certifique la presencia de Gorosito en el móvil 97 de la Comisaría Quinta”, remarcó. “Quienes deberían estar acá no son los policías de la Comisaría Quinta, sino los oficiales de la 11º”, agregó. En la misma línea, el defensor rechazó la demanda civil, amparándose en la inocencia de sus representados. Según Rodríguez Allende, la hipótesis más plausible sería que Gorosito fue secuestrado por un móvil policial, pero que no sería el número 97 que tripulaban Rodríguez, López y Salvador. El abogado reforzó este argumento indicando que sólo Zárate fue quien identificó la pertenencia del vehículo, ya que otros testigos sostenían un relato similar pero no alcanzaron a ver el número. Desde la Fiscalía se le recordó, posteriormente, que el hecho de que quien acompañaba a Gorosito haya acudido a alertar a sus padres y destacado en seguida la pertenencia del móvil –omitido en el alegato de la defensa- refuerza la versión del testigo.