E
l fiscal de Estado de la provincia, Julio Rodríguez Signes, aseguró que el rechazo de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú al amparo de Sociedad Rural por el avalúo del Impuesto Inmobiliario Rural, es "una medida contundente que va sobre el fondo de la cuestión". También entendió que las posibilidades de que la medida se revierta en una instancia superior "son prácticamente nulas porque el fallo es sólido". Explicó que, en materia de amparo, normalmente tiene que haber "un hecho manifiestamente ilegítimo o evidentemente arbitrario de un funcionario que actúa fuera de su competencia o de una forma manifiestamente ilegal, que además viola garantías constitucionales". También, detalló que normalmente el amparo es una acción individual, es decir que lo plantea una persona, y excepcional. En ese sentido, indicó que "un amparo es un proceso muy restringido, y la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú había habilitado esta vía excepcional para una cuestión muy complicada y muy compleja, como es la materia tributaria". Tras ello, en declaraciones enviadas a INFORME DIGITAL, señaló: "Estábamos muy preocupados porque el Tribunal había abierto una discusión sobre un tema complejo, sobre la cuestión tributaria que normalmente se discute por el canal administrativo. Había una serie de cuestiones formales pero muy importantes que nosotros habíamos cuestionado y el Tribunal, no obstante, siguió adelante con el proceso. Pero finalmente dicta sentencia y se analiza también la cuestión de fondo". Consideró que, si bien la medida es recurrible ante el Superior Tribunal de Justicia, las posibilidades de que se revierta "son prácticamente nulas porque es un fallo es sólido" y apuntó que no se puede habilitar la vía del amparo para la discusión de cuestiones tributarias, "menos cuando se trata de dudas de interpretación de la ley ya que la Sociedad Rural de Gualeguaychú nunca planteó que es confiscatorio el impuesto". "No fue el argumento del amparo sostener que era confiscatorio para el propietario del campo, sino decían que tenían información de cómo se habían hecho las operaciones para llevar al avalúo y que tenían la sospecha de que el cálculo se había hecho mal. En esos términos fue planteado el amparo, por eso nosotros nos preocupamos por discutir que por esa vía no se podía analizar esa cuestión. El Estado no puede estar discutiendo judicialmente cómo hizo la operación matemática para fijar tal o cual impuesto. No quiere decir que no se pueda revisar judicialmente, como todo acto de la administración, pero por otra vía", explicó el fiscal. Criticas a los dichos de la diputada Ré En relación a lo expresado por la diputada nacional de la Coalición Cívica, Hilma Re, presidenta de la Sociedad Rural de Diamante, quien dijo que es que el fallo vulnera la democracia, Rodríguez Signes consideró que es al revés, ya que se desarrolló un procedimiento de audiencia pública con todas las entidades ruralistas donde además concurrieron los principales funcionarios del gobierno a brindar explicaciones. "O sea, más abierto que esto diría que es imposible. No existe ningún precedente en materia de amparo donde se haya hecho una audiencia pública, donde haya ido una perito del Poder Judicial y donde haya ido medio gabinete del gobierno con sus asesores para discutir este tema y a dar las explicaciones sobre por qué se había llegado a este avalúo. La preocupación es justamente lo contrario, que este tipo de procedimiento se difunda, se masifique, porque realmente va a ser muy difícil para los jueces dictar sentencia. Imagínese que determinar el valor del Impuesto Inmobiliario es una tarea que a lo mejor lleva meses por parte de la administración, y realmente sintetizar todo en una audiencia es prácticamente imposible. No obstante nosotros obedecimos la orden judicial, aunque no estábamos de acuerdo, y fuimos y lo discutimos. En ese aspecto la diputada Re está completamente equivocada", completó el fiscal.