Miércoles 09 de mayo de 2012
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Interés general
El Senado nacional convertirá en ley la “muerte digna”
La Cámara de Diputados ya sancionó el proyecto que permite no continuar con la prolongación artificial de la vida en situaciones terminales. El autor de la iniciativa que este miércoles se tratará en el Senado, repasó los fundamentos.
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La Muerte digna se convertirá en ley este miércoles.

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e la redacción de INFORME DIGITAL “Estamos hablando de pacientes con características de enfermedades terminales, sin posibilidades de sobrevida, que a partir de la sanción de la ley que hoy (por este miércoles) el Senado tratará, van a poder tomar decisiones anticipadas, lo que antes se conocía como el testamento vital, o durante el propio proceso de la enfermedad o a través de sus familiares, representantes legales, en caso de menores de edad o personas inconcientes, la decisión de no sufrir lo que se conoce como encarnizamiento terapéutico, que es la aplicación de medidas medicas en general que implican una sobreactuación en función de las capacidades de sobrevida del paciente”. Así el diputado nacional Gerardo Milman (GEN) explicó a radio f5 de qué se trata el proyecto de Ley de Muerte digna, que ya obtuvo la aprobación del Senado y este martes –de no mediar ninguna sorpresa- obtendrá sanción definitiva en Diputados. Los legisladores se hicieron eco del pedido desesperado de Selva Herbón, una mamá que en 2011 envió una carta a la presidenta Cristina Fernández pidiéndole ayuda para que se sancione una ley que le permita desconectar a su hija Camila que en 2011 tenía 2 años y que está en estado vegetativo irreversible. Milman argumentó a favor de la iniciativa que “la muerte es parte de un proceso de la vida, por lo que tener una muerte digna significa que en un, momento tan importante de la vida, como es la muere, uno pueda tomar decisiones que vayan de acuerdo a sus principios religiosos, filosóficos, históricos, tradición familiar, una serie de circunstancias que hasta este momento no se pueden tomar”. “Hoy hay medidas para morir sin dolor, en una casa o en una clínica, lo que hacemos con esta ley es otorgar derechos, no imponiendo a nadie que tome una decisión contraria a su forma de ver la vida”, aclaró. Cabe señalar que la Constitución Nacional valoró en la reforma de 1994 lo que se conoce como la autonomía de la voluntad, por lo que –según resaltó el legislador- los preceptos generales de la ley van en este sentido, que también destacó que “el ciudadano puede cambiar de opinión todas las veces que quiera”. Asimismo, anticipó que se prevé un banco nacional de datos en el caso de que, por ejemplo, un ciudadano quede inconciente y sin posibilidades de sobrevida en Jujuy, un médico pueda tener conocimiento de la decisión que tomó esa persona sobre su forma de morir.
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