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a Diputada Provincial Rosario Romero (FEF) presentó un proyecto de ley destinado a establecer las reglas de procedimiento a seguir frente a casos de abortos no punibles. La iniciativa se basa en lo establecido en el artículo 86º, segunda parte, del Código Penal Argentino que prevé la realización de abortos en caso de peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada, así como para aquellos casos de embarazos producidos como consecuencia de una violación. Esas reglas no existen en la provincia de Entre Ríos. Romero explicó que de esta manera se pretende “hacer operativas las recomendaciones que emanan del fallo de la Corte Suprema”. En lo que a esto último respecta, el proyecto se hace eco del reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en fecha 13 de marzo estableció en la causa “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva.” (F. 259. XLVI) la procedencia de un recurso extraordinario interpuesto por la madre de una niña embarazada luego de ser víctima de abuso sexual, como asimismo ha exhortado a las provincias a no judicializar los casos y a establecer normas de procedimiento destinadas a garantizar el acceso de las mujeres víctimas de violencia sexual a los abortos no punibles. En el proyecto presentado se prevé “el deber de los hospitales de la provincia de conformar los equipos interdisciplinarios que tendrán a su cargo la realización de las prácticas quirúrgicas, estableciéndose asimismo el derecho de los profesionales de manifestar de modo fehaciente su objeción de conciencia”. La legisladora manifestó en un comunicado enviado a IN que “la autorización legal para las mujeres de someterse a un aborto en ciertos y determinados casos existe en nuestro ordenamiento jurídico argentino ya desde 1921. A pesar de ello, han sido constantes los intentos de impedir el acceso a dicha práctica a través de la judicialización de los distintos casos, ya sea como producto de la desinformación o bien motivado por cuestiones de tipo ideológicas. Lo concreto es que las mujeres han visto por muchos años cercenado el ejercicio libre de sus derechos fundamentales, motivado por razones y prácticas discriminatorias. Por ello, considerando la normativa legal vigente y el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es que proponemos el establecimiento de reglas de procedimiento para garantizar el acceso de las mujeres a los abortos no punibles, fundamentalmente para aquellas que han sido víctimas de violencia sexual”.