A
suntos Constitucionales y Acuerdos, Aldo Ballestena informó que el próximo martes se reunirán y elaborarán un cronograma para las audiencias públicas de los distintos cargos propuestos por el Ejecutivo. Los más destacados tienen que ver con la presidenta y vice del Copnaf y con la titular y los vocales del CGE. Por otro lado, contó que recibieron varias adhesiones y “solo dos objeciones para el cargo de juez de Familia, Civil y Penal de Menores Nº 1 de Concordia”. Vencido el plazo en que la ciudadanía y las organizaciones en general podían ejercer el derecho a manifestarse fundadamente respecto a las calidades y méritos de los candidatos propuestos, “el martes a las 11 tenemos reunión de Comisión y ahí vamos a hacer un cronograma de trabajo”, anticipó Ballestena. “Los pasos anteriores ya fueron dados y ahora queda definir la fecha de audiencias”, indicó, ya que el plazo para presentar impugnaciones u objeciones (10 días hábiles) ya fue cumplimentado. Se presentaron “algunas adhesiones” para los distintos pliegos y “hubo dos presentaciones de objeciones, las cuales vamos a evaluar la semana que viene en la reunión de Comisión”, comentó el senador. Ambas objeciones son para el cargo de juez de Familia, Civil y Penal de Menores Nº 1 de Concordia, para el que se propone a Raúl Eduardo Tomaselli”. Pedido de Impugnación Organizaciones Sociales junto a la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, presentaron el 30 de enero una impugnación a la designación del Raúl Tomaselli, como Juez de Familia Civil y Penal de Menores Nº 1 de Concordia. En el pedido, las organizaciones sociales manifestaron la “más profunda preocupación acerca de la designación para el cargo de Juez de Familia y Menores por considerar que el mismo no reúne las condiciones indispensables para desempeñar sus funciones ya que, en este caso (de la niña de 11 años), actuó haciendo caso omiso de los cuerpos legales vigentes”. En los argumentos de la presentación, las organizaciones cuestionaron la actuación de Tomaselli en el caso: “Su actuación solicitando peritajes médicos innecesarios e injustificados cuando claramente surge de los mencionados Artículos del Código Penal de la Nación, que no es necesario peticionar una autorización judicial para realizar la práctica médica tendiente a interrumpir esa gestación, lo que sumado a entrevistas realizadas con la víctima y con la pareja de la madre y el desconocimiento de lo manifestado por la niña cuando expresa en la Cámara Gesell, realizada en el juzgado de la Ciudad de Colón, que quería que “…todo vuelva a ser como antes…”, manifestaron. “Claramente viola la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que dice que el Estado debe garantizar el derecho del/a niño/a a ser protegido/a contra toda forma de abuso físico y mental (artículos 19, 32, 34, 35 y 39), el derecho a la salud (artículo 24) y el derecho a expresar libremente su opinión en los asuntos que lo/a afecten, teniendo en cuenta debidamente sus opiniones (artículo 12)”, sostuvieron en el escrito de la presentación.