A
sí lo confirmó el secretario de Energía de la provincia, Raúl Arroyo, quien adelantó que “mas adelante la recibirán otras zonas residenciales de la ciudad”. Arroyo indicó que “los usuarios que vivan en barrios cerrados de Paraná, serán los primeros en recibir el formulario correspondiente”. Se entiende por barrios cerrados a los conglomerados de casas rodeados por un cerco, con calles internas y seguridad privada. La fecha en la que se comenzará el reparto es “el 1 de marzo”, dijo y aclaró que “Enersa será la encargada de hacerlo”. En tanto, explicó que el formulario tiene consideraciones y límites de los 12 motivos a los que se puede apelar para seguir recibiendo los subsidios, y que figuran en la Declaración Jurada. Las preguntas son las siguientes: 1 – Usted acredita una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio. 2 – Usted percibe como único ingreso provisional una jubilación y/o pensión equivalente a un haber mínimo. Comprende a aquellos jubilados o pensionados que viven en cualquiera de las zonas donde será enviada la Declaración Jurada y que tengan como único haber esta remuneración mínima. 3 – Usted percibe Pensiones No Contributivas. Se trata de las pensiones a la vejez, por invalidez y a madres de siete o más hijos. Este tipo de pensiones se otorgan a personas mayores de 70 años, mientras que las que son por invalidez están dirigidas a quienes presenten un 76 por ciento o más de invalidez o discapacidad. Las destinadas a madres de 7 o más hijos contemplan a quienes sean o hayan sido madres de siete o más hijos nacidos vivos, biológicos o adoptivos. 4 – Usted es destinatario de algún Plan o Programa Social (Asignación Universal por Hijo, subsidios por Desempleo, Plan Familias, etc.) 5 – Usted tiene el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación etc.) 6 – Usted percibe alguna asignación familiar. Es el salario familiar que cobran, por hijo, los trabajadores registrados que ganan hasta 5200 pesos. 7 – En su vivienda conviven múltiples hogares. Si en la vivienda viven varios hogares, es decir en aquellos hogares que viven padres, hijos, nietos. 8 – Su vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etc.) 9 – Usted cuenta con certificado de discapacidad Cualquiera sea el motivo. 10 – Usted posee características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo del servicio. Es decir, aquellas viviendas precarias con familia numerosa o vivienda precaria carente de de alguno de los servicios (agua o gas), etc. 11 – Usted se encuentra exento del pago de ABL. Aquellos que estén exentos del pago del ABL, por lo cual el municipio lo haya exceptuado por razones sociales. No se va a averiguar, sino que se van a hacer muchos convenios con los municipios. 12 – Usted posee ingresos familiares insuficientes para aportar el pago de la tarifa plena. Se considera responsabilidad del ciudadano estimar lo que él debe ganar y cuánto puede pagar. Se va a escuchar al ciudadano para que cuente cuál es su situación porque puede haber algún elemento que lo lleve a decir que no puede pagar la tarifa plena. Este punto le da amplias libertades al ciudadano para ejercer su capacidad de responsabilidad y su capacidad de solidaridad. Por otra parte, Arroyo aclaró que “si bien las declaraciones juradas se deben enviar no solo por la luz, sino también por los servicios de agua y gas, en la región no hay barrios cerrados que los tengan”. Renuncia Voluntaria al Subsidio Esta política pública tiene como objetivo principal garantizar la universalización del acceso a los servicios básicos como gas, electricidad y agua potable a todos los ciudadanos del país. Una de las herramientas disponibles para colaborar con la redistribución equitativa es la renuncia voluntaria al subsidio, para aquellas industrias, comercios, edificios y domicilios particulares que consideren que pueden afrontar el costo total del consumo.