A
la polémica que despertó el intendente de Basavilbaso, se sumó la de Colón. Mariano Rebord se aumentó el sueldo en un 100 por ciento. Pero no fue el único beneficiado de la importante actualización salarial en esa ciudad. También recibieron el incremento secretarios, subsecretarios, directores y concejales. Se trata de un cumplimiento irrestricto a una ordenanza “de enganche” que rige en la ciudad. El proyecto de ordenanza para “actualizar los salarios” fue enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal y aprobado por unanimidad en la primera sesión de la nueva gestión que conduce el Frente Entrerriano Federal. “Fue el primer tema que se trató y que aprobamos por unanimidad”, contó el concejal del Frente Justicialista para la Victoria, Eduardo Del Real. Y enseguida agregó: “Lo que se hizo fue actualizar los salarios de la Municipalidad, que es cabecera de departamento y estaban atrasados respecto a los demás municipios”. El jefe comunal ligado a Jorge Busti cobrará 21.980 pesos. “En realidad, el básico que aprobamos en comisión con el acompañamiento de todos los sectores es de algo así como 19 mil pesos y un poco más, pero seguramente el número final tenga que ver con algunos adicionales”, explicó el edil. Números Con la reforma de la Constitución provincial, el lugar del vice intendente dejó de ser un cargo figurativo para ocupar uno de jerarquía en el gobierno municipal. Quien acompaña al jefe comunal en la fórmula se convierte en el presidente del Consejo Deliberante. Con el aumento establecido en los últimos días de diciembre, su salario es de 11.740 pesos, mientras que el de los concejales de 8.280 pesos. No obstante, Del Real insistió en aclarar que el básico es 7.680 pesos y que “los ediles no tienen sueldo, sino dieta”. En los números aportados a esta Hoja se indica que el salario de un secretario está en 12. 492 pesos con 80 centavos, el de un subsecretario 10.240 pesos y el de un director de área en 9.011 pesos con 20 centavos. El notable incremento no causó escozor en la oposición ni tuvo tanta repercusión en los medios, según reconocieron fuentes políticas. A fin de año los nuevos legisladores se vieron apretados, en términos de tiempo, a realizar algunas reformas a la Ley de Municipios Nº 10.027. En la norma vigente se observaban incompatibilidades con algunos artículos y lo que establece la nueva Constitución respecto a los requisitos para asumir una banca de concejal siendo empleado público y algunas atribuciones para quienes ejercen la titularidad del Concejo Deliberante. Uno de los artículos a modificar y que finalmente se modificó fue el 72. La redacción, que fue corregida, establecía que en el inciso 6 no podían ser concejales los empleados municipales, o de cualquier organismo del Estado Provincial o Nacional, sin pedir licencia sin goce de haberes, a excepción de los docentes. Sucede que en el interior y, concretamente en los municipios de menor envergadura, el cargo de concejal no tiene una remuneración tal como en las ciudades cabeceras de departamento. Esto hizo que muchos de los que fueron convocados para formar parte de la nómina de ediles vieran un inconveniente económico. En el nuevo texto, que ya fue aprobado en ambas cámaras, se modificaron esos requisitos y esa cláusula fue excluida.