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e la redacción de INFORME DIGITAL El caso de la niña de 11 años presumiblemente abusada por un joven de 17, hecho que derivó en un embarazo, llegó rápidamente a las páginas de los medios de la Capital Federal y ahora ya cruzó el océano para instalarse en uno de los diarios más importantes del planeta: El Mundo de España. “Solicitan a un tribunal que permita abortar a una niña de 11 años”, es el titular de la nota en la que el matutino cuenta lo sucedido en nuestra provincia. Manifestaciones Más allá de la gran repercusión en los medios de comunicación, los debates han llegado también a las redes sociales donde una gran mayoría de personas pide que se actúe con celeridad ante el riesgo de vida que correría la niña si el embarazo prosigue. Cabe destacar que el ministro de Salud de Entre Ríos, Hugo Cettour, dijo entre otras cosas que “la naturaleza es sabia” y que si la menor “ya estaba ovulando”, puede “sostener el embarazo”. Sabiendo que el aborto está prohibido (salvo en ocasiones especiales), el caso recayó en la Justicia concordiense –departamento donde se produjo el abuso- y hasta el lugar llegaron organizaciones reconocidas por la lucha por los derechos del género femenino como lo son Mujeres Tramando, CTA y Red Alerta, quienes realizaron una manifestación reclamando la interrupción terapéutica del embarazo. Comunicado oficial Ante tanto revuelo, el gobierno –luego de las palabras del ministro de Salud y de dichos de trabajadores de dependencias que se ocupan de los niños y adolescentes como el caso del Copnaf- decidió volver a decir algo sobre lo que acontece mediante un comunicado oficial: “Frente al hecho público en el cual una persona menor de edad habría sido abusada sexualmente por un menor de 17 años y a partir de lo cual esta resultó embarazada, el Gobierno expresa públicamente que no es de su competencia abrir juicios de valor, intervenir, decidir o tomar posición respecto del complejo suceso y a lo que indica la ley vigente. En este sentido, reitera que las decisiones a adoptarse encuentran marco jurídico en el Código Penal Nacional vigente en sus artículos 86° y 119° y sus modificaciones del año 1994. Asimismo reitera y recuerda a todos sus funcionarios que existe una ley provincial que garantiza los derechos sexuales y reproductivos que rige de pleno derecho desde el año 2003. En el mismo sentido, recuerda la importancia de contemplar lo expresado en los artículos 15° párrafo segundo, 19° párrafo primero y el artículo 20° de la Constitución Provincial. Por todo ello es el Poder Judicial el que debe valorar y expedirse sobre la existencia del delito de violación, como requisito esencial previo que dispararía sí el procedimiento terapéutico previsto claramente por la ley cuya procedencia está fuera de discusión, toda vez que se acredite judicialmente dicho extremo, y que el Estado está obligado y dispuesto, desde luego, a cumplir. Por lo tanto el Poder Ejecutivo aboga por la veloz resolución de la insalvable etapa judicial que este asunto requiere”.