Miércoles 14 de diciembre de 2011
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Política
Insisten con que Entre Ríos dejaría de manejar los fondos de Salto Grande
La diputada entrerriana Cristina Cremer (FEF) pidió que se excluya el artículo 15 del presupuesto que, advirtió, quitaría a Entre Ríos el manejo de excedentes de Salto Grande.
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Cremer pidió que se excluya el artículo 15 del presupuesto nacional.
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e realizó este miércoles en el Congreso nacional la primera sesión con la nueva composición del cuerpo legislativo. Cristina Cremer, referente del Frente Entrerriano Federal hizo uso de la palabra en la sesión especial pedida por el oficialismo para tratar el Presupuesto 2012 y otras iniciativas económicas que obtuvieron dictamen esta semana, como las prórrogas impositivas y la emergencia económica. En ese contexto, la legisladora entrerriana afirmó: “Este proyecto de Presupuesto es sumamente unitario, teniendo en cuenta que, según las proyecciones, la Recaudación Impositiva Del Sector Publico Nacional, crecerá 23%, y alcanzará a los 668.280 millones de pesos, lo que representará el 32% del Producto Bruto Interno (PBI). De esos montos que se prevén recaudar en concepto de recursos tributarios y contribuciones, la Nación Solo coparticipará el 24,5%, es decir 163.900 millones de pesos". Luego, Cremer aseguró “con esta iniciativa se vulneraría el piso de distribución del 34% en concepto de Coparticipación Federal de Impuesto, establecido en el ARTICULO 7º de la Ley 23.548 de Coparticipación Federal De Recursos Fiscales: ´El monto a distribuir a las provincias, no podrá ser inferior al treinta y cuatro por ciento (34%) de la recaudación de los recursos tributarios nacionales de la Administración Central, tengan o no el carácter de distribuibles por esta Ley”. “Uno de los puntos que más me preocupa, como legisladora de Entre Ríos, es el Artículo 15 del Proyecto de Presupuesto, donde se establece que “el Estado Nacional toma a su cargo los excedentes generados por El Complejo Hidroeléctrico De Salto Grande”. Cabe mencionar que un planteo similar hizo el diputado radical Fabián Rogel. Más adelante y con los cinco minutos que se le adjudicó para volcar la posición en en el pleno, Cremer aseveró: “no voy a dejar de defender ni por un segundo los recursos que corresponden a la Provincia de Entre Ríos, tal como lo vengo haciendo desde que he ingresado a ésta Cámara”. “Textualmente el Artículo 1° de la Ley 25.671 (Fondo Especial De Salto Grande), Promulgada el 2 de enero de 2003, y dice: “Artículo 1° — Exclúyase al Fondo Especial de Salto Grande, creado por la Ley 24.954, de la materia sujeta a la regulación y disposición de la competencia presupuestaria atribuida por la Constitución Nacional al Poder Ejecutivo nacional y al Jefe de Gabinete de Ministros. Consecuentemente dicho fondo no formará parte del presupuesto de gastos y recursos de la administración nacional”. Asimismo, continuó diciendo “el Artículo 2° de la Ley 24.954, promulgada el 27 de Abril de 1998, que es la ley que ratifica las ACTAS-ACUERDOS firmadas entre la Nación y las Provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones, y en donde se fija la proporción de los excedentes derivados del Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande (67,5 % a Entre Ríos, 27,5 % a Corrientes y 5 % a Misiones), establece la inoponibilidad de toda norma jurídica (en este caso el Presupuesto de la Nación para el ejercicio 2012) contraria a la viabilidad de las Actas-Acuerdos”. “Además, el 8 de Septiembre de 2003, la Secretaría de Energía emitió la Resolución 406/03, donde queda establecido en su Artículo 2°, la habilitación al Poder Ejecutivo Nacional al uso de los recursos no afectados al fondo de Salto Grande”. Finalmente, Cristina Cremer, solicitó a sus pares “excluir el Artículo 15 del proyecto de Presupuesto 2012, no solo para que el presupuesto nacional no sea violatorio de una, o varias, leyes de la nación, sino que, además, produciría un daño irremediable al quitarle arbitrariamente a la Provincia de Entre Ríos los fondos en cuestión, teniendo en cuenta que el fin para lo cual fue establecido este fondo, es el de ejecutar obras que sean necesarias para mitigar los efectos negativos de la explotación del Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande y todo lo que conduzca al desarrollo de la región, conforme lo establecido en los objetivos originarios, contempladas en el Convenio y Protocolo Adicional de 1946”, concluyó.
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