E
l primero en hacerlo fue el radicalismo, ahora se suma el PRO de Concepción del Uruguay. El centenario partido hizo un planteo de inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) por los artículos 114º y 115º, de la ley Nº 2.988, que tiene 90 años y que reglamentó el Régimen Electoral, pero de la Constitución del ’33. Un artículo de la nueva Carta Magna contradice lo dictado en la norma promulgada de 1934. Los macristas también se quejaron que no se haya reglamentado el sistema electoral tras la última Convención Constituyente. En la Generación para un Encuentro Nacional (GEN) de esa ciudad, también estudió la posibilidad de interponer un planteo de inconstitucional ante el alto cuerpo, pero la idea se habría desechado. El caso radical lo tiene a Ariel Gorostegui como supuesto damnificado del escrutinio. El dirigente de Concordia entiende que es merecedor de una banca en Concejo Deliberante. Resulta que cuando se hizo el cálculo para dividir las bancas, se sumaron todos los votos emitidos a cada una de las fuerzas, más los votos en blanco. De esta manera, el radicalismo no alcanzó el umbral de sufragios necesarios para entrar en la repartición de escaños a la hora de dividir. Con el patrocinio de Jorge D’ Agostino, el peticionante afirma que se tiene que hacer valer la Constitución de 2008 , que en el artículo 87º inciso “C” insta a “practicar los escrutinios definitivos en acto público, computando sólo los votos emitidos a favor de las listas oficializadas por el mismo tribunal”. Lo que sucede, es que al sumarse los sufragios en blanco se aumenta el dividendo y la minoría queda perjudicada por el sistema D’ Hont. En Concordia se disputaron 13 bancas: 10 son del oficialismo y dos del Frente Entrerriano Federal. La número 11 es la que pretende el radicalismo y que pelea con el Frente para la Victoria. El dirigente de PRO en Concepción del Uruguay manifestó que transitará el mismo camino que los boinas blancas. “Estamos afinando el lápiz para hacer la presentación ante el Superior Tribunal para que se declare inconstitucional dos artículos de una ley de 1934 que se contrapone a lo que dice la nueva Constitución”, anunció Mauro Vazón a El Diario en referencia a la norma Nº 2.988. Para eso, los macristas de esa ciudad se pusieron en contacto con Marcela Basterra, especialista en la materia y oriunda de Buenos Aires. En la ciudad de la costa del Uruguay, las fuerzas de la oposición pelean por una banca en el Concejo Deliberante. El planteo es idéntico al de los radicales. Pero en el caso del PRO, el reclamó pretende ir más lejos. “Queremos declarar inconstitucional el artículo 51º de la Constitución que le otorga al partido que gana la mitad más uno de los lugares de las bancas en nombre de la gobernabilidad”, reveló. Y agregó: “Esto viola el principio de igualdad y la voluntad del voto popular cuando se reparten los lugares de presentación”. Vazón, profesor de Derecho Constitucional en Uruguay, aclaró no obstante que ese planteo “de fondo” lo harán más adelante. “Ahora queremos el lugar en el Concejo”, señaló. El Uruguay se disputan 13 bancas: el oficialismo se quedó con 9, el Frente Progresista Cívico y Social con dos; y el Frente Entrerriano Federal con una. El restante los disputan el Frente para la Victoria y quienes hacen el planteo.