E
l periodista Oscar Londero, experto en Radio F5, dijo que la primera acordada que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dictó en el año 2004 estableció la información que debe estar disponible para la ciudadanía a través de su página en internet. Para tomar esa decisión el máximo tribunal argentino recordó que el principio republicano de la publicidad de los actos de gobierno, al tiempo que resulta una exigencia ineludible para las autoridades públicas, posibilita el acceso a la información pública y facilita la transparencia de toda gestión. Según lo establecido por la acordada 1/2004, la CSJN se comprometió a difundir la nómina de autoridades y personal, señalando dónde trabajan y qué cargos ocupan. Se trata de información que debe ser actualizada mensualmente. Además la Corte resolvió divulgar acordadas y resoluciones relativas a la designación y promoción de personal. También contrataciones, bajas, licencias extraordinarias, sanciones y cualquier otro acto que así se disponga. A través de su página web la CSJN se propuso divulgar los actos administrativos de llamado y adjudicación de licitaciones, los pliegos, la nómina de oferentes, el monto de sus ofertas y los dictámenes correspondientes a licitaciones públicas o privadas, concursos de precios y compras directas. En el portal de la Corte debe figurar su presupuesto anual y los informes mensuales de ejecución y la cuenta de inversión. Y también estadística semestral que debe contener los siguientes datos: cantidad de expedientes ingresados a la Corte, discriminados por tipo de causas; cantidad de expedientes fallados; detalles de mayorías, votos concurrentes, disidencias y abstenciones por ministro.