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e la redacción de INFORME DIGITAL El abogado Pablo Obaid, experto de radio f5 en temas judiciales, habló este lunes sobre los beneficios que debe tener todo trabajador que se desempeñe como "servicio doméstico". “A partir del año 2005 y 2006, particularmente, se ha logrado insertar a este grupo de trabajadores, en la asistencia social y en los beneficios sociales, lo que nos da la posibilidad de tener un servicio doméstico registrado en blanco y con beneficios”, destacó el abogado. Obaid recordó que antes “no estaba incluido en la ley de contrato de trabajo y en la ley de asignaciones familiares, estas situaciones fueron corregidas entre el 2005 y el 2006 y ahora los trabajadores tienen la posibilidad de registrarse en los beneficios de la seguridad social y llegar a una jubilación”. Según el profesional “las modalidades son muy grandes, hay muchas categorías y posibilidades”, para poner en blanco a un trabajador: “en virtud de la edad del trabajador, las horas que trabaja, en relación de dependencia o no o los dadores de trabajo que tenga”, ejemplificó. También aclaró que “quien tiene a su cargo a un trabajador del servicio domestico no es un empleador, es un dador de trabajo, porque si lo consideráramos como un empleador, tendría una serie de obligaciones con la Afip o la Anses que el dador de trabajo no tiene, como es llevar libros, hacer aportes extras o presentar balances, simplemente con el pago de aportes y contribuciones, ya está cubierto”. “Esto facilita muchísimo el registro del trabajador”, el cual “se hace a través de un formulario muy sencillo en la Afip”, y “lo pueden hacer el dador del trabajo o el trabajador”. Según destacó el jurista, “por el máximo de trabajo, entre aportes y contribuciones, accediendo a la obra social, a los servicios previsionales y al sistema de salud, en total, son 95 pesos”, lo que vale tener a un empleado registrado. Categorías “Las categorías van desde las 6 a 12 horas semanales, de 12 hasta 16 y más de 16 horas semanales”, remarcó Obaid. Y en base a “la última actualización que hubo, que fue en 2010, los trabajadores deben cobrar, por ocho horas diarias 1600 pesos, quienes no pernoctan en la casa donde prestan servicios y 2200 pesos para quienes duermen y comen donde trabajan”.