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ara presentar un pedido de acceso a información pública no basta con invocar y conocer las normas que regulan el ejercicio de este derecho humano fundamental. También hay que tener en cuenta una serie de detalles que no figuran en los decretos ni en las guías que algunos organismos públicos elaboran para orientar a la ciudadanía. A fin de evitar contratiempos conviene tener en cuenta estos detalles: los pedidos de acceso a información pública siempre deben presentarse por duplicado. Un ejemplar sirve para iniciar el trámite administrativo y el otro queda en poder de la persona que solicita la información. Ambos escritos tienen que estar sellados, firmados y fechados. Eso sirve para cumplimentar con el inicio formal de todo expediente administrativo y para saber cuándo vence el plazo para la respuesta que prevé la norma invocada (decreto provincial 1.169/05, decreto nacional 1.172/03, Ley 25.831, etcétera). En todo pedido de acceso a información pública debe fijarse un domicilio para notificaciones y números telefónicos o cuentas de correo electrónico que permitan eventuales contactos. Eso sirve para saber que está disponible la respuesta o bien para que la oficina pública a la que se solicita información pueda despejar alguna duda respecto de la documentación solicitada. Cuando la información solicitada es voluminosa, y a fin de evitar el dispendio, conviene pedir que la brinden en soporte magnético. En caso de recibir una respuesta es imprescindible leer atentamente la notificación y verificar que está la documentación a la que se hace referencia.