Martes 05 de julio de 2011
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Interés general
Acceso a la información en el Poder Judicial de Entre Ríos
En el Poder Judicial de Entre Ríos, al igual que en la Cámara de Senadores, no existe un reglamento general de acceso a la información pública. Sin embargo eso no impide que cualquier ciudadana o ciudadano pueda pedir información.
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Londero brinda preceptos para acceder a la información pública.
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ara hacerlo tiene que ampararse o invocar el artículo 13º de la Constitución de Entre Ríos, que reconoce el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en los tres poderes del Estado. Pero sabiendo que no podrá requerir información sobre causas en trámite, a las que sólo tienen acceso las partes, sino sobre cuestiones administrativas. Eso significa que, entre otros temas, se puede consultar sobre la ejecución del presupuesto, la inversión en infraestructura, la adquisición de equipamiento o la concreción de licitaciones públicas o privadas. También se puede solicitar documentos elaborados o en poder de los funcionarios y autoridades del Poder Judicial. Las solicitudes de información deben estar dirigidas a la presidenta del Superior Tribunal de Justicia, Leonor Pañeda, y tienen que ser presentadas en el Área de Personal del Poder Judicial, situada en el segundo piso de los Tribunales de Paraná (Laprida 251, CP 3100). En caso de que el peticionante no resida en la capital entrerriana, la solicitud de información puede ser remitida por carta certificada para poder garantizarse la entrega y saber cuándo comenzó el trámite administrativo que debe finalizar con la respuesta. El pedido de información debe ser presentado por duplicado y ambos deben textos ser sellados. Con el original se inicia el expediente administrativo, mientras que la copia queda en poder del peticionante. Y al igual que en el Senado, al no existir una ley que fije el plazo para la respuesta del Poder Judicial, eso depende de las autoridades.
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