D
e la redacción de INFORME DIGITAL El periodista paranaense Oscar Londero refleja semanalmente en radio f5 diversas precisiones sobre el Derecho al Acceso a la Información Pública. Este martes, habló de la formulación de pedidos de acceso a la información pública, cuando no se vive en Paraná. "El decreto 1169, que reglamenta el acceso a la información publica en el Poder Ejecutivo de la provincia, señala que toda persona mayor de 18 años tiene el derecho de poder pedir información a los funcionarios públicos, pero el decreto que tiene un capítulo específico para explicar cómo deben ser los pedidos de información pública, dice solo que tiene que ser mediante la presentación de un escrito, pero no dice cómo puede hacer un ciudadano que no reside en Paraná, donde están la mayoría de las oficinas del gobierno provincial", reflejó el experto. "Y si bien el decreto no establece un mecanismo o procedimiento para resolver inconveniente o contratiempo, hay que pensar en una alternativa y esa posibilidad por ejemplo, la brinda el envío de una carta certificada", agregó. Para Londero, "esto nos da la posibilidad de hacer un seguimiento a través de internet, sobre los pasos que ha seguido esa pieza postal que hemos enviado, podemos tener una constancia de que efectivamente la carta que hemos enviado con pedido de acceso a la información pública, ha llegado a la oficina a la cual está destinada". "Si nosotros tenemos esa información preliminar -explicó-, después lo que podemos hacer es comprobar o constatar que efectivamente se le haya dado ingreso a ese pedido, esto no es un dato menor, porque el decreto habla de un plazo de diez días hábiles para que haya una respuesta por parte de los funcionarios públicos, entonces si nosotros tenemos con certeza la fecha en que ha sido decepcionado e ingresado el pedido que hacemos desde otro lugar de la provincia, podemos saber en qué momento se cumple el plazo que tiene el funcionario para responder a nuestra petición". Luego de esto "hay que tomarse otro trabajo adicional, sabiendo que esa carta ha sido recibida, hay que enviar un correo a esa oficina pública para decir que uno envió una carta en tal fecha, que según indica el correo fue recibida tal día y tal hora".