Martes 17 de mayo de 2011
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Interés general
¿Cuándo el Estado puede reservarse de brindar información?
Londero destacó que el Estado no está obligado a brindar información sobre todo lo que maneja. Identifica datos que son sensibles y deben ser reservados. Sin embargo, los funcionarios deben identificar por qué se reservan de informar.
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Londero habló del Derecho al Acceso a la Información Pública.

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e la redacción de INFORME DIGITAL El periodista paranaense Oscar Londero refleja semanalmente en radio f5 diversas precisiones sobre el Derecho al Acceso a la Información Pública. Este martes habló de los “momentos y circunstancias en que las autoridades públicas están eximidas de brindar la información, porque hay cierta información que está en poder del Estado que es muy sensible y no resulta conveniente que tome estado público”. Sin embargo, “no puede un funcionario público, de manera graciosa o discrecional decir: `yo le niego a usted el acceso a esta información´ sin justificarlo”. “Tanto el decreto provincial 1.169, que está vigente desde el 2005, como el 1.172, que rige a nivel nacional, establecen que las autoridades públicas, en caso de considerar de que no están obligadas a brindar la información, tienen que explicarle al ciudadano, mediante una resolución fundada, cuáles son los motivos que llevan a rechazar ese pedido de información y además encuadrarlo dentro de las justificaciones que prevén estas dos normas”, dijo Londero. “A nivel nacional –agregó el experto- el decreto dice que un funcionario público puede negarse a brindar información cuando los datos solicitados son comprendidos como información expresamente clasificada como reservada, especialmente todo lo vinculado a defensa, seguridad y relaciones internacionales”. Un ejemplo: “cuando se suscitó el conflicto diplomático y jurídico con la República Oriental del Uruguay a partir del proyecto de instalación y posterior funcionamiento de la planta de producción de pasta de celulosa, el Ministerio de Relaciones Exteriores, emitió una resolución por la cual dispuso el secreto de toda la información porque si se revelaban algunos datos, no solamente se podía llegar a conocer la estrategia jurídica del gobierno, sino que también se ponían en riesgo las relaciones diplomáticas con un país vecino”. El decreto “también dice que se puede negar información que pueda poner en riesgo el secreto bancario o financiero. Uno ve a lo largo de la historia que hay momentos en que esto no ocurre, pensemos cuando en el gobierno de Raúl Alfonsín se filtró un plan económico como el `Plan Austral´, que quien dispuso de esa información pudo hacer negocios favorables o bien quienes supieron que a fines del gobierno de la Alianza, se iba a disponer `El Corralito´, ahí se entiende que hay ciertos sectores de la población que tienen acceso a determinada información que el resto de los mortales no tenemos”. Londero dijo además que “no es necesario que brinden información considerada como secretos industriales o comerciales, también aquellas informaciones que hayan sido obtenidas en el marco del secreto profesional, eso puede ser información que tienen médicos o abogados que trabajan para el Estado”.
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