C
on fuerte crítica y un nivel de confrontación llamativo se produjo una resolución del juez Correccional Pablo Vírgala, que aceptó otorgar la probation a un funcionario policial que en un accidente se le escapó un disparo y lesionó a otro compañero. Por esta circunstancia, la fiscal que intervino rechazó el planteo, pero así y todo el magistrado avanzó con la suspensión del juicio a prueba por entender que el uniformado podría ser discriminado por la propia Justicia. En el cruce de opiniones, el magistrado fue severo con el Ministerio Público Fiscal porque “con esta postura no afianza la justicia”. Fue uno de sus modos de fundamentar la determinación que es motivo de debates en el ámbito de Tribunales. La intervención judicial se dio hace un tiempo, cuando Elio Silva lesionó de un balazo a su compañero Juan Carlos Castillo. Los dos integrantes de la Guardia de Infantería Adiestrada (GIA) se trasladaban en el móvil 841 cuando se produjo el incidente, que fue considerado como un delito culposo. Al llegar a los estrados judiciales, el abogado defensor del Policía cuestionado solicitó la suspensión del juicio a prueba o probation, por entender que se estaba frente a una situación que no merecía terminar en un juicio oral y público, habida cuenta de que se estaba ante una situación de un delito de los considerados imprudentes. Corrida vista a la fiscal Carolina Castagno, esta rechaza el planteo argumentando que por ser funcionario público policial el acusado debe ser llevado para analizar la conducta delictiva a un juicio oral y público. Para la fiscal, como también la línea de pensamiento en el Ministerio Público Fiscal, es un funcionario público que cometió un delito en el ejercicio de sus funciones por lo que se encuadraría en un abuso de poder en el desempeño de las legítimas funciones que le son atribuidas como funcionario policial. Para la fiscal el policía sabe del poder de fuego de su 9 mm, por lo que manipularla dentro de un auto en movimiento es una acción reprochable, que terminó lesionando en la mano derecha a la víctima. Vírgala puso un ejemplo para fundamentar su posición, que es avalada por fallos del Superior. “Un juez, funcionario público, acusado de prevaricato, no puede obtener la probation; un juez que lesione a otra persona, por caso conduciendo imprudentemente un automóvil, aunque sea funcionario público y aunque en ese momento estuviera cumpliendo con una diligencia judicial, sí pueden conseguir la suspensión del juicio a prueba y, finalmente, el juez que hurta un efecto secuestrado que está a disposición, tampoco podrá obtener el beneficio”. “El primer caso se trata de un delito propio de los jueces; el segundo que puede ser cometido por cualquier persona y donde la calidad de funcionario público en nada incide, y por fin, el tercer caso nos muestra el de un delito común cometido por un funcionario público, pero que en su calidad personal ha tenido una incidencia determinante”, alertó para marcar: “El policía encaja dentro del segundo caso, por lo que si además se le deniega la probation, hay que tener en cuenta las derivaciones como son la pérdida del salario o del empleo”. Dicho esto, el juez admitió estar “perplejo y desconcertado” por el criterio que sustenta el Ministerio Público Fiscal “no sólo en la postura de la fiscal, sino del cuerpo orgánico, jerarquizado y verticalista, cuando presta consentimiento a los pedidos de probation que efectúan imputados vinculados –presuntamente- a varios hechos delictivos y en las que se les conceden tantas probation como causas tengan, pero dictamina desfavorablemente en el caso de un policía, y no precisamente por ser funcionario público en general, sino por ser policía en especial, desde que en otras causas de relevancia pública se ha conformado la petición de probation efectuada por funcionarios públicos que no pertenecen a la fuerza policial”. Mensaje desalentador Para Vírgala no es menor esta cuestión porque “increíblemente, se beneficia a individuos vinculados a numerosos delitos para evitar su estigmatización se dice entre otros conceptos, pero se le deniega la probation a un funcionario público por ser policía, dejándolo al borde de la desocialización, ahora sin hacerse cargo de ello”. “Resulta curioso todo esto, como desalentador el mensaje que deja el criterio seguido por el Ministerio Público Fiscal, ya que todos tienen derecho a la probation sin importar cuántos hechos delictivos se encuentren presuntamente involucrados, salvo los policías y no por ser funcionarios públicos en general, sino por la condición de personal policial que invisten, ni siquiera en el caso de delitos culposos”, añadió, para alertar: “Eso no es afianzar la justicia”. Ante esto, autorizó la probation al policía quien durante un año y seis meses deberá realizar tareas comunitarias en la comisión vecinal Padre Kentenich. Por el planteo de Casación, el Superior Tribunal de Justicia deberá resolver la cuestión, en tanto que la fiscal Castagno adelantó que si el alto cuerpo decide avalar la visión del juez Correccional dejó planteada la posibilidad de recurrir al remedio federal y extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.