Miércoles 27 de abril de 2011
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Interés general
Celiaquía: diputado entrerriano responsabiliza a Cristina de que no rija la Ley
La Ley 25.698 fue sancionada hace un año y medio por el congreso nacional. Está destinada a combatir la celiaquía. Aún no fue reglamentada y un diputado nacional entrerriano responsabiliza a la Presidente por la situación.
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Zavallo responsabiliza a Cristina Fernández de que no rija la Ley de Celiaquía.

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a Ley 25.698 de Celiaquía fue aprobada en diciembre del 2009 por las cámaras de diputados y senadores nacionales. “Pasados 18 meses aun no fue reglamentada por la presidente Cristina Fernández de Kirchner”, cuestionó el diputado nacional del Peronismo Federal, Gustavo Zavallo que firmó en su momento, el dictamen de comisión de Salud que protege a los celíacos. Atento a la nota realizada en radio f5, y publicada luego en INFORME DIGITAL el legislador oriundo de Viale envió un comunicado a esta redacción para aclarar que “la Ley de Celiacos existe, que fue aprobada por el Congreso Nacional pero aun no fue reglamentado por el Poder Ejecutivo, pese a que se aprobó hace 18 meses”. La norma declara “de interés nacional” la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca en todo el territorio del país, fue aprobada el 2 de diciembre del 2009 por el Congreso Nacional pero nunca fue reglamentada por Cristina Fernández de Kirchner. La norma se aprobó el 18 de noviembre en el 2009 en Diputados, y el 2 de diciembre del mismo año se aprobó en el Senado. “El Poder Ejecutivo nacional nunca reglamentó la ley por lo que los prestadores no la cumplen”, lamentó Zavallo. En su artículo 9, afirma que “las obras sociales enmarcadas en las Leyes 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas y premezclas libre de gluten, cuya cobertura determinará la autoridad de aplicación”.
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