Domingo 10 de abril de 2011
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Interés general
La provincia demolerá el terraplén ilegal en Colón
El gobierno le ordenó a Iberpapel, en 2010, demoler un terraplén construido ilegalmente en el departamento Colón. La empresa desobedeció y ahora lo demolerá el gobierno.
TerraplenIlegalIberpapelColon
El gobierno provincial demolerá el terraplén construido ilegalmente en Colón por Iberpapel SA.

E

l gobierno entrerriano rechazó el recurso de apelación interpuesto por la empresa Iberpapel Argentina luego de que la Secretaría de Ambiente Sustentable de la provincia le ordenara el año pasado la demolición del terraplén de ocho kilómetros de extensión que la firma levantó ilegalmente en el departamento Colón, al sur del arroyo Caraballo. La decisión está enmarcada en un decreto del gobernador Sergio Urribarri en el que ratifica la “legalidad, legitimidad y ejecutoriedad” de la resolución del organismo provincial, por lo que se demolerá el terraplén ya construido. Luego de la firma de la norma, el mandatario expresó: “si bien la obra está emplazada en el territorio provincial el impacto ambiental podría afectar el río Uruguay y eventualmente violarse un tratado internacional como el Estatuto del Río Uruguay”. Y aclaró: “esto no significa estar en contra de las obras ni del desarrollo de actividades productivas, pero en este caso no se ha cumplido con los requerimientos específicos de la legislación ni se han realizado las tramitaciones correspondientes, por lo cual el Estado hace valer sus derechos para sentar precedentes”. El gobernador también sostuvo que “para la provincia esto genera un antecedente muy importante porque es la primera vez que se decide no sólo no otorgar un aval ambiental, sino que también se ordena el posterior desmantelamiento y remediación del lugar a las condiciones en que se encontraba antes del comienzo de la obra”. El terraplén construido por la firma Iberpapel Argentina SA tiene ocho kilómetros de extensión en los humedales de la cuenca del Arroyo Caraballo, en Pueblo Liebig, Colón. Se trata de un espacio único de biodiversidad, lugar de refugio de variada flora y fauna autóctona. Serían 700 las hectáreas afectadas (dos veces la superficie de la ciudad de Colon) y se ha observado que el terraplén afectaría, irremediablemente el equilibrio natural del área, generando un impacto negativo, tanto aguas arriba del arroyo Caraballo cómo aguas abajo en Río Uruguay. Iberpapel Argentina SA, propietaria de 7.000 hectáreas al norte y al este de Liebig, se dedica a la plantación de eucaliptos para proveer a plantas de celulosa. Rechazo a la apelación de Iberpapel A través del decreto Nº 903 el gobernador rechazó el recurso de apelación jerarquico interpuesto por la firma Iberpapel Argentina, dedicada a la plantación de eucaliptos para proveer a plantas de celulosa, contra la resolución Nº 187, emitida por la Secretaría de Ambiente Sustentable en septiembre del año pasado. La Resolución Nº 187, de septiembre de 2010, había dispuesto “no otorgar ningún tipo de aval ambiental a la empresa Iberpapel Argentina S.A., respecto de las obras de terraplenado y desmonte, realizadas al sur del arroyo Caraballo, en el humedal 2 de Agosto, rechazándose, en consecuencia, la emisión de Certificado de Aptitud Ambiental”. Además, ordenó la demolición del terraplén ya construido y la remediación del lugar a las condiciones existentes con anterioridad al inicio de la obra. Según esta norma los costos de la demolición ordenada por el gobierno correrán por cuenta de la empresa. Ante esto Iberpapel interpuso un recurso de apelación aduciendo agravios por la citada resolución ante lo cual el decreto del Poder Ejecutivo responde que Iberpapel solicita el permiso de construcción de un terraplén ante el Consejo Regulador del Uso de Fuentes de Agua (Corufa) en forma extemporánea en lugar de hacerlo antes de la construcción del terraplén como lo requieren las Leyes Nº 9.172, de Uso productivo del agua; Nº 25.675 de Política Ambiental Nacional, y el Estatuto del Río Uruguay, “motivo por el cual debe desestimarse el agravio y el argumento que la resolución cuestionada ha denegado un aval no solicitado”, precisa el decreto firmado por el mandatario entrerriano. Y se agrega que la empresa no presenta el Estudio de Impacto Ambiental lo que configura una violación al Estatuto del Río Uruguay y el Digesto sobre el Uso y Aprovechamiento del Río Uruguay.
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