Sábado 09 de abril de 2011
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Interés general
Senador urribarrista responsabiliza al bustismo por los ataques caninos
Un proyecto impulsado en la cámara alta busca regular la tenencia de perros “potencialmente peligrosos”. Ante el ataque de este sábado, el senador Melchiori responsabilizó al bustismo por no tratarlo en Diputados.
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En el Senado buscan regular la tenencia de perros "potencialmente peligrosos".
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Melchiori responsabilizó al bustismo por no tratar un proyecto en Diputados.
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ras el feroz ataque de un perro de raza Pit Bull Terrier a un vecino de Paraná y que le ocasionara graves heridas, el senador provincial Eduardo Melchiori (PJ Islas) volvió a cargar las tintas sobre el estancamiento de proyectos en la Cámara de Diputados. “Entre las tantas iniciativas varadas está una propuesta que hicimos con el senador Horacio Díaz (PJ San Salvador) y que está destinada a regular la tenencia, crianza y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos”, indicó. El legislador expresó que “estás cosas no deben seguir sucediendo, máxime cuando se ha legislado para prevenirlas” y recordó además, que la propuesta fue aprobada por el Senado el 29 de marzo pasado. “Los proyectos que tienen como único fin el bienestar de las personas y/o del medioambiente, no pueden ser demorados por caprichos o mezquindades políticas”, sentenció en declaraciones enviadas a INFORME DIGITAL. En cuanto a la iniciativa que aún no fue tratada en la Cámara Baja, “apunta a que la crianza de perros potencialmente peligrosos sea compatible con la seguridad de las personas, que incorpora pautas en torno la tenencia y la crianza. Una vez sancionada la norma, cada municipio deberá regular su aplicación mediante ordenanzas”. La norma define como perros potencialmente peligrosos a aquellos incluidos dentro de una tipología racial que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas, a otros animales y daños a las cosas. Se hace extensiva la categoría de peligrosos a los animales que hayan evidenciado, mediante denuncia, antecedentes de agresión hacia personas, otros animales o bienes, cualquiera sea su raza. Por otra parte se establece la obliga a los dueños de los canes, a obtener de una licencia administrativa renovable anualmente y que será otorgada por los municipios tras cumplir con ciertos requisitos, tales como: ser mayor de edad; no tener condena penal o por infracciones en la tenencia de animales; acreditar una cartilla sanitaria y contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. Se establece también que los municipios creen registros con los datos de cada tenedor. En cuanto a medidas de prevención, se destaca la seguridad de los inmuebles donde los perros se alojen y la señalización. Se prohíbe transitar con perros sueltos y hasta se prevén sanciones para quienes no adopten las medidas necesarias para que un animal no se escape. En el artículo 10, se prohíbe el adiestramiento de animales con fines de acrecentar y reforzar su agresividad para ataque, defensa o cualquier otro fin; aclarándose que esto no abarca a los animales que pertenecen a las fuerzas de seguridad.
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