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a comisión de Legislación General de Diputados comenzará a debatir la semana que viene un proyecto por el que se regula el funcionamiento de los locales Bailables. Propone que funcionen desde las 2 y hasta las 6 y, entre otras cosas, limita la venta de bebidas alcohólicas hasta las 4,30. “Queremos alcanzar una norma superadora. Vamos a provocar el debate participativo para alcanzarla. No estamos hablando de clausuras ni de definir por sí o por no un sistema de multas. De lo que se trata es de encontrar el sistema más conveniente para el funcionamiento y que esto esté consensuado”, adelantó el autor de la Iniciativa, Daniel Bescos. “Queremos preservar la seguridad física y moral de los jóvenes. Hay una iniciación social y sexual cada vez más temprana y hay elementos como la droga, el alcohol que provocan desorden social y profundos daños en la vida de estos chicos. El Estado, la familia y los empresarios deben tener una actitud de contención y posibilitar acciones para el cuidado de nuestros hijos”, opinó el diputado para quien es viable un texto en el que todos esos segmentos confluyan. El proyecto alcanza a todos los locales donde se realicen actividades bailables y/o similares, “tanto en lugares cerrados como al aire libre” y determina que así será “cualquiera fuera su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora” deberán funcionar sólo en el horario comprendido entre las 2 y las 6 de la mañana. Bescos, propone que la venta de bebidas alcohólicas cese a las 4,30 y exige la provisión de agua potable con carácter gratuito. “No podrán en ningún caso vender, expender o suministrar a cualquier título, bebidas que por su fórmula se consideren energizantes y/o suplementos dietarios durante todo el desarrollo de su actividad”, establece la iniciativa que podría poner coto a la discusión vigente en varios municipios de la provincia, algunos de ellos, turísticos. En otro orden, la propuesta prohíbe el ingreso de niños menores de catorce (14) años y para los que superen esa edad establece un horario tope: Las 12. Y, en otro orden prohíbe el expendio o promoción de la modalidad de “canilla libre”. Como autoridad de aplicación, Bescos propuso el Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología, conjuntamente con cada uno de los Municipios de la Provincia de Entre Ríos que tendrán su cargo la implementación, coordinación y reglamentación de la ley. (RecintoNet)