Domingo 02 de enero de 2011
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Interés general
Se sancionó la ley Nº 10.000 pero no hay Digesto Jurídico
A fines de 2009, se sancionó la Ley Nº 10.000, pero se estima que no más de cien normas son las operativas. La ley del Digesto Jurídico se promulgó en julio y el Presupuesto 2011 prevé la partida para la oficina que tendrá a su cargo.
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La Constitución reformada manda a que haya un ordenamiento.

E

l artículo 131º de la Constitución provincial reformada previó la realización de un Digesto Jurídico de las leyes provinciales que “asegure la actualización y consolidación permanente del orden normativo provincial”. El texto manda, además, la confección de “un anexo de derecho histórico, conteniendo las disposiciones derogadas”. La ley Nº 9.971, de autoría de los diputados Jorge Busti y Daniel Bescos, reglamentó ese artículo de la Carta Magna. Promulgada en junio de este año, dispone las pautas para elaborar y sostener el Digesto Jurídico. Establece que ese conjunto deberá incluir no sólo las leyes provinciales si no también los decretos, las normas de organismos supra o intergubernamentales y “un anexo de derecho histórico provincial no vigente, ordenado por materias”. Establece un ordenamiento en torno a cuarenta temas distintos que puede abordar la ley entrerriana. La tarea de sistematización y depuración de normas, así como también la actualización permanente del digesto, se asigna a una Oficina Bicameral para la cual se asignó una partida de funcionamiento en el proyecto de Ley de Presupuesto 2011, aún no sancionado por la Legislatura. Ley 10 mil Poco antes que finalice el año, se numeró la Ley Nº 10.000 por la que se autoriza al Ejecutivo a donar un vehículo de transporte de pasajeros al municipio de Santa Elena. Alejandro Grubert, a cargo transitoriamente de la Biblioteca de la Legislatura, estima que no hay más de cien normas que tengan una operatividad cotidiana. Explica que, por ejemplo, hay cientos, miles de normas como esta última, la Nº 10.000, que alude a trámites menores del gobierno como es la donación de un bien o la incorporación de un bien al patrimonio del Estado. La tarea de realización del Digesto Jurídico implica, por un lado, la recopilación de todas las normas; luego la unificación que prevé una tarea de depuración para excluir las normas derogadas expresa o tácitamente, y las que han caído en desuso; finalmente, una tercera etapa, contempla la ordenación de las leyes vigentes incluidas en el conjunto. Para eso se estipula un plazo de dos años de trabajo, prorrogable por igual lapso. El Digesto, finalmente, debe ser puesto a consideración de ambas cámaras para adquirir el rango de ley o, más bien, de conjunto de leyes que compondrán el ordenamiento jurídico actualizado. Embarcadas Grubert advirtió que hay originales de las leyes que se han perdido en el devenir de la historia institucional de Entre Ríos. También hubo pérdidas por negligencia y descuido en el cuidado de ese patrimonio. Puso el énfasis en la “mudanza” de la sede gubernamental entrerriana de Paraná a Concepción del Uruguay, en tiempos de la Confederación Argentina, y luego de nuevo a la capital entrerriana a partir de 1883. “Se perdieron originales. Todos los documentos no se mandaban ni por carreta ni por camión. Se mandaban por barco. El viaje implicaba pasar por la aduana de Buenos Aires y desde ahí remontar el río Uruguay y, unos años después, el viaje inverso, en barco, de Uruguay para acá”, repasó para dar cuenta del devenir de un conjunto invalorable de documentos históricos. Grubert supo “hace unos años” que se habían descubierto en el Archivo General de la Nación “dos cajones de madera con documentación de la provincia de Entre Ríos que eran de la Aduana de Buenos Aires”, contó. “Eran originales de la provincia”, enfatizó el trabajador de la biblioteca desde hace 30 años. Afirmó que “no está en ningún lado la ley que ordenó la reforma de la Constitución de 1883, por poner sólo un ejemplo”. Los papeles de Favre Hubo una oportunidad en que el valioso patrimonio reunido en la Legislatura se puso a salvo por el buen tino de un agente de la administración pública. “Parece que (Ricardo) Favre, cuando era gobernador (1966–1973), llegó un día al archivo. Reclamó: ‘que desaparezca todo esto’, en alusión a parte del conjunto de normas guardadas, pidió que se lo tire, que se lo queme. Este empleado llevó ese material al sótano de Casa de Gobierno. En tiempos de Enrique Cresto se rescató todo eso”, relató quien está a cargo hoy de Biblioteca de la Legislatura, Alejandro Grubert. El empleado precisó que las primeras leyes se dictaron en 1822 y que “mucho de ese material se encontrará en el Archivo Histórico de la provincia”. En cambio, dijo que “en la Legislatura se encuentran los originales de las leyes de los últimos 60 o 70 años porque, con anterioridad, todo iba al Archivo Histórico”. Detalló que en el archivo de la Legislatura se reúnen los originales de las leyes mientras que la Biblioteca tiene los boletines oficiales desde 1914, cuando comienza a editarse, hasta el año 1948, de modo incompleto; y de 1948 a la fecha está reunida toda la colección. (Luz Alcain. El Diario).-
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