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a defensa de las maestras de CTA que lograron la devolución parcial de los días de paro que le practicó el Ejecutivo, recusó a siete vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), debido a que ellos firmaron una acordada en la que disponían la retención de haberes a personal judicial que se había sumado a medidas de fuerza dispuestos por la Asociación Judicial (AJER). La presentación, realizada por el abogado Carlos Fenes, quien patrocina a las docentes Nora Martínez; Juana S. Martínez y Susana Salgaro, busca apartar de la resolución de la causa por inconstitucionalidad de los descuentos a dos de los miembros de la Sala de Procedimientos Constitucionales del Superior. Se traba de los vocales Daniel Carubia y Claudia Mizawak. La razón que se esgrime en la presentación, realizada el pasado 19 de octubre, es que ambos suscribieron el Acuerdo General Nº 21 que dispuso “el descuento sobre los haberes del personal del Poder Judicial de Entre Ríos por adhesión a distintas medidas de fuerza dispuestas por la AJER”. Para ello, menciona que se estaría dando el supuesto contenido en el artículo 14º, inciso 7º, del Código de Procedimiento Civil y Comercial, que reza: “Serán causas legales de recusación de jueces y vocales (…) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado”. Las tres maestras lograron en junio de 2009 que en primera instancia se declararan ilegales los descuentos practicados por haberse sumado a medidas de fuerza durante 2008. En rigor, se cuestionó la legalidad de la Disposición Nº 30 (dictada por el ex – gobernador Jorge Busti) y de una batería de medidas conexas tomadas por el Consejo de Educación. Tras la apelación del Gobierno, en segunda instancia se mantuvo parcialmente el criterio, pero se consideró bien descontado a las jornadas, por haber existido una medida judicial previa que obligaba a una conciliación obligatoria. Parte de este último fallo fue llevado ante el Superior por las docentes. La recusación, sin embargo, no se detiene en los dos integrantes de la Sala. Alcanza también, si es que se dispone la integración del Tribunal para resolver el planteo recusatorio en la forma de ley, a German Carlomagno; Susana Medina de Rizzo; Bernardo Salduna; Leonor Pañeda y Emilio Castrillón, por haber sido firmantes del Acuerdo General citado. Según la información a la que accedió APF, el único vocal de la Sala Penal que no fue recusado (Carlos Chiara Díaz), firmó la notificación a las partes (las tres maestras y el Gobierno provincial) de que Carubia; Mizawak; Carlomagno; Medina de Rizzo; Salduna; Castrillón y Pañeda (en ese orden) tendrán desde este miércoles cinco días para firmar el informe que establece la ley, en la que deberán expedirse sobre la causal de recusación alegada.